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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2009


APRUEBA SOLICITUD DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA DE ENTIDAD QUE INDICA
Santiago, 21 de noviembre de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 772.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en la ley N° 20.174, de 2007, del Ministerio del Interior; en el artículo 13 de la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de Estado; los artículos 545 y siguientes del Título XXXIII del Libro I del Código Civil; en los artículos 25 y 28 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, y sus modificaciones; Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones; lo informado por el Gobernador Provincial de Valdivia, y por el Consejo de Defensa del Estado.
Considerando:
1.- Que la entidad denominada Radio Club Valdivia, con domicilio en la provincia de Valdivia, Décimo Cuarta Región de Los Ríos, que cuenta con personalidad jurídica concedida mediante decreto supremo de Justicia N° 1.670, de fecha 30 de noviembre de 1971, por presentación de fecha 12 de abril de 2007, ingresada a esta Secretaría de Estado con fecha 7 de mayo del mismo año, solicitó la aprobación del acuerdo de disolución de la institución antes mencionada y la cancelación de su personalidad jurídica.
2.- Que la entidad adoptó el acuerdo de disolución en Asamblea General Extraordinaria efectuada el día 15 de marzo de 2007.
3.- Que, en el artículo Cuadragésimo Tercero de los estatutos vigentes de la entidad, se señala que en caso de disolución sus bienes pasarán a la entidad denominada Cruz Roja de Valdivia, entidad que no cuenta con personalidad jurídica otorgada por esta Secretaría de Estado, no habiéndose previsto en sus estatutos otro destino a sus bienes.
4.- Que, en virtud de lo dispuesta en el artículo 28 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, el Ministerio de Tierras y Colonización se hará cargo de los bienes existentes de la entidad a la fecha de la disolución o cancelación, bajo inventario valorado, quedando dichos bienes bajo su custodia hasta que el Presidente de la República los destine en conformidad al artículo 561 del Código Civil.
5.- Que, en opinión del Consejo de Defensa del Estado, contenida en INF. N° 1.126, de fecha 5 de diciembre de 2007, en la especie es posible acceder a la solicitud por cuanto consta en los antecedentes acompañados que la fundación sí cumplió con sus fines anteriormente, pero no lo hace en la actualidad por la carencia de afiliados y medios para ello. Todo en concordancia con lo expuesto en el Ord. N° 1.563, de fecha 9 de octubre de 2007. El Consejo hace presente que en virtud de lo anterior no exigiría la presencia de un Notario Público que certifique el cumplimiento de todas las formalidades legales para el acuerdo de disolución constituido en la Asamblea Extraordinaria de fecha 15 de marzo de 2007..
Decreto:
1. Apruébase el acuerdo de disolución y cancélase la personalidad jurídica concedida a la entidad denominada Radio Club Valdivia, que cuenta con personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 1.670, de fecha 30 de noviembre de 1971, con domicilio en la provincia de Valdivia, Décima Cuarta Región de Los Ríos.
2.- Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 28 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, el Ministerio de Tierras y Colonización se hará cargo de los bienes existentes de la entidad a la fecha de la cancelación, bajo inventario valorado, quedando dichos bienes bajo su custodia hasta que el Presidente de la República los destine en conformidad al artículo 561 del Código Civil.
3.- Una copia de dicho inventario será remitida a la brevedad a esta Secretaría de Estado.
4.- Remítase copia del presente decreto al Secretario Regional Ministerial de Justicia de la Región de Los Ríos y al Gobernador Provincial respectivo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jorge Frei Toledo, Subsecretario de Justicia.




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