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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2009


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A DEPARTAMENTO DE BIENESTAR DE LOS EMPLEADOS DE LA MUTUALIDAD DE CARABINEROS, DE SANTIAGO
Santiago, 20 de febrero de 2009.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 893 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución N° 1.600, de 2008, publicada en el Diario Oficial de 6 de noviembre de 2008, de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada Departamento de Bienestar de los Empleados de la Mutualidad de Carabineros, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 3.052, de 16 de junio de 1959, en los términos que dan testimonio las escrituras públicas de fechas 14 de diciembre de 2007, 16 de mayo y 22 de julio de 2008, otorgadas ante los Notarios Públicos de Santiago, don Patricio Eugenio Pérez Bassi, suplente del titular don Manuel C.P. Cammas Montes, la primera, don Iván Tamargo Barros, la segunda, y don Guillermo Valenzuela León, suplente del titular don Iván Tamargo Barros, la última.
2.- Declárese que de conformidad a las reformas aprobadas por el presente decreto, la entidad en lo sucesivo se denominará Departamento de Bienestar de los Trabajadores de la Mutualidad de Carabineros.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Jorge Frei Toledo, Ministro de Justicia (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricio Reyes Zambrano, Subsecretario de Justicia (S).




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