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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2009


Ministerio de Justicia
AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA FEDERACIÓN IBEROAMERICANA DE ASOCIACIONES DE PERSONAS ADULTAS MAYORES-FIAPAM PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS
Santiago, 24 de marzo de 2009.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.138 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo N° 110; de Justicia, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 26 de septiembre de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004 y en la resolución N° 1600, publicada en el Diario Oficial con fecha 6 de noviembre de 2008, de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Servicio Nacional del Adulto Mayor y por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
1.- Autorízase a la entidad denominada Federación Iberoamericana de Asociaciones de Personas Adultas Mayores-Fiapam, con domicilio en la ciudad de Santander, Cantabria, España, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados, y protocolizados bajo el N° 283, con fecha 3 de marzo de 2008, en la Notaría Pública de Santiago, de don Alberto Mozó Aguilar, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.
2.- La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes de España, según consta del documento de fecha 22 de mayo de 2008, debidamente legalizado y protocolizado bajo el N° 1.543, con fecha 2 de octubre de 2008, en la Notaría Pública de Santiago, de don Alberto Mozó Aguilar, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente.
3.- El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
4.- El domicilio de la citada entidad será la ciudad y provincia de Santiago, Región Metropolitana, calle Víctor Rae N° 5911, departamento N° 52, comuna de Las Condes.
5.- El representante de la entidad en Chile será doña Elvira Fierro Rice, con domicilio en calle Víctor Rae N° 5911, departamento N° 52, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien en su carácter de mandataria de la institución tendrá su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones en la forma en que se acredita por instrumento protocolizado bajo el N° 283 con fecha 3 de marzo de 2008, en la Notaría Pública de Santiago, de don Alberto Mozó Aguilar.
6.- La mandataria de la mencionada entidad deberá poner en conocimiento de la Presidenta de la República toda modificación que en ella opere, especialmente, aquellas relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo, el cambio de representante o cualesquiera alteración en sus facultades o cambio de su sede.
7.- La entidad deberá obtener que se autorice por el Supremo Gobierno la ampliación de actividades, cuando éstas excedan a las señaladas en el N° 1 del presente decreto.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jorge Frei Toledo, Subsecretario de Justicia.




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