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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2009


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A "FUNDACIÓN SERVICIOS COMUNITARIOS PARROQUIALES", DE SANTIAGO
Santiago, 4 de diciembre de 2009.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 4.783 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en resolución de la Contraloría General de la República N° 1.600, de 2008, publicada en el Diario Oficial de 6 de noviembre de 2008; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada "Fundación Servicios Comunitarios Parroquiales", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 1.075, de fecha 26 de marzo de 2004, en los términos que da testimonio la escritura pública de fecha 8 de abril de 2009, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Félix Jara Cadot.
2.- Declárese que de conformidad a las reformas aprobadas por el presente decreto, la entidad en lo sucesivo se denominará "Fundación Brazos Abiertos".
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jorge Frei Toledo, Subsecretario de Justicia.




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