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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2010


APRUEBA SOLICITUD DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA DE "FUNDACIÓN PARA LA CAPACITACIÓN DEL PESCADOR ARTESANAL", DE CONCEPCIÓN
Santiago, 8 de marzo de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 412.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Título XXXIII del Libro I del Código Civil; en el artículo 26 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por el decreto supremo de Justicia N° 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de fecha 13 de febrero de 2004; y lo informado por el Sr. Gobernador Provincial de Concepción y por el Consejo de Defensa del Estado,
Considerando:
1.- Que la entidad denominada "Fundación para la Capacitación del Pescador Artesanal", "FUNCAP", con domicilio en la provincia de Concepción, Octava Región del Bío Bío, que cuenta con personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 55, de fecha 16 de enero de 1985.
2.- Que mediante presentación de fecha 11 de marzo de 2003, la abogado habilitada para el ejercicio de la profesión doña Carmen Barra Jofré, debidamente autorizada, solicitó a esta Secretaría de Estado la aprobación de disolución de la entidad.
3.- Que la solicitante en su presentación sostiene que la entidad acordó disolverse en sesión extraordinaria del Consejo de la Fundación de fecha 23 de septiembre de 2002, reducida a escritura pública con fecha 5 de febrero de 2003 en la Notaría Pública de Concepción de don Francisco Molina Valdés, por cuanto la entidad carece de fuentes de financiamiento que la hagan viable y sustentable, y por haber perdido sus objetivos iniciales.
4.- Que de los antecedentes acompañados, especialmente informe del Sr. Gobernador Provincial de Concepción, a través de Reservado N° 42, de 10 de julio de 2003, se ha constatado que la entidad ha perdido sus objetivos iniciales y que carece de los medios y financiamiento que la hagan viable y sustentable en el tiempo, lo que hace no posible cumplir sus fines.
Decreto:
1.- Apruébase la solicitud de disolución y cancélase la personalidad jurídica concedida a la institución denominada "Fundación para la Capacitación del Pescador Artesanal", "FUNCAP", que cuenta con personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 55, de 16 de enero de 1985, con domicilio en la provincia de Concepción, Octava Región del Bío Bío.
2.- Destínanse los bienes de la entidad disuelta a la institución denominada "Corporación de Fomento de la Producción", entidad que no goza de personalidad jurídica otorgada por este Ministerio, o a quien ésta designe.
3.- La entrega de los bienes se hará por la Intendencia de la Octava Región del Bío Bío, bajo inventario valorado que se levantará en acta triplicada, debiendo remitirse copia de dicho inventario al Ministerio de Justicia.
4.- Remítase copia del presente decreto al señor Secretario Ministerial de Justicia de la Octava Región del Bío Bío y a la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.




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