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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2010


CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A "ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO ECONÓMICO Y CULTURAL DE LA PROVINCIA DE VALDIVIA"
Santiago, 16 de noviembre de 2009.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 964.- Vistos: Estos antecedentes; lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Civil; en los artículos 25 y 36 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, y sus modificaciones posteriores, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones; el decreto N° 924, de fecha 5 de agosto de 1981, del Ministerio de Justicia, que se refiere a las materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por Orden del Presidente de la República"; la resolución N° 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República; la ley N° 20.174 de fecha 16 de marzo de 2007, que crea la XIV Región de Los Ríos y la Provincia del Ranco en su territorio, y lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región de Los Ríos; mediante oficio Ord. N° 0609/08, de fecha 7 de agosto de 2008, y por el Consejo de Defensa del Estado en informe N° 377, de fecha 17 de abril de 2009,
Considerando:
1.- Que a la entidad denominada "Organización No Gubernamental de Desarrollo Económico y Cultural de la Provincia de Valdivia", la cual puede usar indistintamente el nombre de "O.N.G. para el Desarrollo Económico y Cultural de la Provincia de Valdivia", con domicilio en la comuna de Valdivia, provincia de Valdivia, Décima Región de Los Lagos, conforme expresa el artículo segundo de los estatutos, se le concedió personalidad jurídica por decreto exento N° 1.959, de fecha 19 de mayo de 2004, del Ministerio de Justicia.
2.- Que esta Secretaría de Estado, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 36 del D.S. de Justicia N° 110, de 1979, y sus modificaciones, dispuso de oficio un procedimiento de fiscalización a dicha entidad.
3.- En el marco del procedimiento mencionado, mediante Providencia N° 4642, de fecha 8 de julio de 2008, esta Cartera de Estado, solicitó a la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región de Los Ríos, un informe sobre la marcha general de la entidad.
4.- Que en el informe de marcha general emitido por la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región de Los Ríos, mediante Oficio Ord. N° 0609/08, de fecha 7 de agosto de 2008, se señala: "Sin antecedentes si la entidad cumple los fines que se proponen de acuerdo a sus estatutos"; "Con relación a los destinos que se dan a sus recursos, y forma en que se controlan y operan los mismos recursos sociales, lo único que se sabe es la compra de terrenos a nombre de Organización No Gubernamental de Desarrollo Económico y Cultural de la Provincia de Valdivia, según Repertorio N° 1319-2007 con fecha 30 de marzo de 2007; Repertorio N° 1380-2007 con fecha 5 de abril de 2007"; "Sin ubicación se encuentra el lugar exacto de sede de la Institución, se debe señalar que se ha concurrido a las distintas direcciones sin ser ubicable la entidad"; "De acuerdo a la Ficha de Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia, se encuentra sin antecedentes si el Directorio ha rendido memorias y balances a los órganos internos o a la asamblea..."; "De acuerdo a la Ficha de Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia a la fecha no se registra copia de sus memorias y balances [...] desde su creación"; y por último, se informa que "... el Presidente de dicha O.N.G. registra ingreso al Complejo Penitenciario de esta ciudad el día 16 de julio del presente año, por orden del Juzgado de Garantía de Valdivia en Causa Rol N° 4003-2007, RUC N° 0700775377-7 Uso Malicioso de Instrumento Público" (sic).
5.- Que considerando la información contenida en el numeral anterior, este Ministerio solicitó por Oficio Ord. N° 1833, de fecha 12 de marzo de 2009, un informe al Consejo de Defensa del Estado, a fin de evaluar la ocurrencia de las causales de cancelación de la personalidad jurídica.
6.- Que el Consejo de Defensa del Estado, mediante Informe N° 377, de fecha 17 de abril de 2009, concluye que: "... es procedente iniciar el proceso de cancelación de la personalidad jurídica de la presente entidad, fundado en lo dispuesto en el art. 559, inciso 2° del Código Civil y art. 25, inciso 1° del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, contenida en el decreto supremo N° 110, de 1979, de ese Ministerio".
Entre las razones que esgrime el Consejo de Defensa del Estado, se señala que "... se advierte que la entidad no cumple con sus fines. En el Informe sobre la marcha general de la entidad, se indica que no hay antecedentes sobre el hecho de si ella cumple o no con sus fines, como asimismo, no hay ningún otro dato que demuestre el funcionamiento de la misma, como por ejemplo, sede de la entidad, patrimonio de ella, asambleas realizadas, memorias y balances presentados a ese Ministerio ...". "También, se indica en el Informe sobre la marcha general de la entidad, que el Presidente de la O.N.G. registra ingreso al Complejo Penitenciario de Valdivia, el día 16 de julio de 2008, [...] por uso malicioso de instrumento público."; que "El procedimiento judicial indicado, también, investiga la responsabilidad de otras personas, como el Secretario Ejecutivo de la entidad y otro socio de la misma, según consta de los documentos acompañados ..."; "aparece que la creación de la misma, fue un medio para obtener recursos utilizándose la personalidad jurídica de la Corporación. Todo ello, lleva a concluir que la entidad no está dando cumplimiento a sus fines. Asimismo, se adiciona el hecho de que las solicitudes de informes requeridos a la propia Corporación y, formuladas por ese Ministerio, no tuvieron ningún resultado positivo. En consecuencia, en mérito de los antecedentes adjuntados, existe claridad en cuanto a que la entidad no cumple con sus fines, que es precisamente el hecho que le sirve a la Autoridad Administrativa, para resolver si aplica o no la medida de cancelación de la personalidad jurídica a esta entidad. Por lo tanto, estimamos que es procedente iniciar el proceso de cancelación de la personalidad jurídica de la presente entidad, fundado en el hecho referido.".
7.- El inciso final del artículo cuadragésimo sexto de los estatutos de la entidad, dice: "Aprobada por el Supremo Gobierno la disolución voluntaria o decretada la disolución forzada de la Corporación, sus bienes pasarán a la Institución, sin fin de lucro, con personalidad jurídica vigente denominada "Obispado de Valdivia RUT setenta millones trescientos cincuenta y cinco mil trescientos guión uno".
8.- Que, de acuerdo con lo expuesto, lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región de Los Ríos y el Consejo de Defensa del Estado, se han configurado causales suficientes para cancelar la personalidad jurídica de la "Organización No Gubernamental de Desarrollo Económico y Cultural de la Provincia de Valdivia", que también puede usar indistintamente el nombre de "O.N.G. para el Desarrollo Económico y Cultural de la Provincia de Valdivia".
Decreto:
1.- Cancélase la personalidad jurídica de la entidad denominada "Organización No Gubernamental de Desarrollo Económico y Cultural de la Provincia de Valdivia", la cual puede usar indistintamente el nombre de "O.N.G. para el Desarrollo Económico y Cultural de la Provincia de Valdivia", concedida por decreto exento N° 1.959, de fecha 19 de mayo de 2004, del Ministerio de Justicia.
2.- Pasen los bienes de la "Organización No Gubernamental de Desarrollo Económico y Cultural de la Provincia de Valdivia", la cual puede usar indistintamente el nombre de "O.N.G. para el Desarrollo Económico y Cultural de Valdivia", al Obispado de Valdivia".
3.- Remítase copia del presente decreto al Secretario Regional Ministerial de Justicia de la Región de Los Ríos y al Gobernador de la provincia de Valdivia, según lo dispone el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones.
4.- Practíquese por la Gobernación de Valdivia la entrega de los bienes de la "Organización No Gubernamental de Desarrollo Económico y Cultural de Valdivia", la cual puede usar indistintamente el nombre de "O.N.G. para el Desarrollo Económico y Cultural de Valdivia", al "Obispado de Valdivia", bajo inventario valorizado, cuya copia será remitida al Ministerio de Justicia.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Jorge Frei Toledo, Ministro de Justicia (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricio Reyes Zambrano, Subsecretario de Justicia (S).




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