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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2010


Ministerio de Justicia
APRUEBA REFORMA DE ESTATUTOS, ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A "IGLESIA UNIÓN PENTECOSTAL "EL TRIUNFO"", DE SANTIAGO
Santiago, 10 de marzo de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 282.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Civil; en los artículos 22, 26 y 28 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, y sus modificaciones, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones; en decreto supremo de Justicia N° 924 de 1981, publicado en el Diario Oficial de 5 de agosto de 1981, y sus modificaciones, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por Orden del Presidente de la República"; en resolución de Contraloría General de la República N° 1.600, de 2008, publicada en el Diario Oficial de 6 de noviembre de 2008; y lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Octava Región del Bío-Bío, y por el Consejo de Defensa del Estado,
Considerando:
1.- Que, la entidad denominada "Iglesia Unión Pentecostal "El Triunfo"", con domicilio en la Provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, que cuenta con personalidad jurídica concedida por este Ministerio, mediante decreto supremo de Justicia N° 418, de fecha 14 de febrero de 1969, solicitó la aprobación de reforma estatutaria y del acuerdo de disolución de la institución antes mencionada.
2.- Que, la entidad adoptó el acuerdo de reforma al artículo vigésimo séptimo de los estatutos, referido a la entidad beneficiaria de los bienes al momento de la disolución, en Asamblea General Extraordinaria efectuada el día 23 de septiembre de 2006; y acuerdo de disolución, en Asamblea General Extraordinaria efectuada el día 24 de septiembre de 2006, cuyas actas se redujeron a escritura pública de fecha 4 de octubre de 2006, Repertorios N° 2.020-06 y N° 2.021-06, respectivamente, otorgadas ante el Notario Público de Talcahuano, don Juan Roberto Arias Garrido.
3.- Que, habiendo sido requerido informe sobre marcha general de la entidad a la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Octava Región del Bío Bío, evacuado éste mediante Ord. N° 1341, de fecha 15 de octubre de 2008; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado mediante informe N° 601, de fecha 17 de junio de 2009, en el sentido que "La reforma solicitada, no altera sustancialmente los fines de la entidad, no contiene disposiciones contrarias al orden público, a las leyes o a las buenas costumbres. Asimismo, su disolución es perfectamente atendible, considerando el nuevo estatuto jurídico que se ha dado la corporación, por lo que se recomienda aprobar ambas solicitudes, de manera de consolidar el patrimonio en la entidad de derecho público, constituida por las mismas personas y con el mismo fin de la entidad que se solicita disolver."
Decreto:
1.- Apruébase la reforma al artículo vigésimo séptimo de los estatutos, referido a la entidad beneficiaria de los bienes al momento de la disolución de la entidad, adoptado en Asamblea General Extraordinaria efectuada el día 23 de septiembre de 2006, y el acuerdo de disolución de la entidad denominada "Iglesia Unión Pentecostal "El Triunfo"", adoptado en Asamblea General Extraordinaria efectuada el día 24 de septiembre del mismo año, cuyas actas se redujeron a escritura pública de fecha 4 de octubre de 2006, Repertorios N° 2.020-2006 y N° 2.021-2006, otorgadas ante el Notario Público de Talcahuano, don Juan Roberto Arias Garrido.
2.- Cancélese la personalidad jurídica de la entidad denominada "Iglesia Unión Pentecostal "El Triunfo"", con domicilio en la Provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, concedida por este Ministerio, mediante decreto supremo de Justicia N° 418, de fecha 14 de febrero de 1969, y declárese disuelta la entidad.
3.- Destínense los bienes y el patrimonio de la entidad disuelta a la entidad denominada "Iglesia Unión Pentecostal El Triunfo", entidad que se encuentra inscrita en el Registro Público de Entidades Religiosas, bajo el N° 00806, de fecha 10 de noviembre de 2004, en virtud de lo dispuesto en la ley N° 19.638, de 1999, del Ministerio del Interior, Subsecretaría del Interior, y su Reglamento, aprobado por decreto supremo de Justicia N° 303, de 2000.
4.- Remítase copia del presente decreto al Secretario Regional Ministerial de Justicia de la Octava Región del Bío - Bío, y al Gobernador Provincial respectivo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jorge Frei Toledo, Subsecretario de Justicia.




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