GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2010


AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA ISLAND CONSERVATION PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS
Santiago, 15 de julio de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 3.942 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 26 de septiembre de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en el decreto supremo de Justicia N° 924, de 1981, publicado en el Diario Oficial, de 5 de agosto de 1981, y sus modificaciones, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por Orden del Presidente de la República; en resolución de la Contraloría General de la República N° 1.600, de 2008, publicada en el Diario Oficial, con fecha 6 de noviembre de 2008, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
1.- Autorízase a la entidad denominada Island Conservation con domicilio en el Estado de California, Estados Unidos de América, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados, traducidos oficialmente y protocolizados bajo los números 2.657 y 2.658, ambos con fecha 11 de marzo de 2010, ante el Notario Público de Santiago, don Gustavo Montero Martí, Suplente del Titular don José Musalem Saffie, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.
2.- La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes del Estado de California, Estados Unidos de América, según consta del documento de fecha 15 de enero de 2010, debidamente legalizado, traducido oficialmente y protocolizado bajo el N° 2.658, con fecha 11 de marzo de 2010, ante el Notario Público de Santiago, don Gustavo Montero Martí, Suplente del Titular don José Musalem Saffie, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente.
3.- El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinida a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
4. El domicilio de la citada entidad será calle Miraflores N° 222, piso 24, comuna de Santiago, provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.
5.- Los representantes de la entidad en Chile serán don Rafael Vergara Gutiérrez, doña Paulina Sandoval Valdés y don Juan Carlos Ruz, todos con domicilio en calle Miraflores N° 222, piso 24, comuna de Santiago, provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, quienes en su carácter de mandatarios de la institución tendrán su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones en la forma en que se acredita por instrumento debidamente legalizado, traducido oficialmente y protocolizado bajo el N° 2.657 con fecha 11 de marzo de 2010, ante el Notario Público de Santiago, don Gustavo Montero Martí, Suplente del Titular don José Musalem Saffie.
6.- Los mandatarios de la mencionada entidad deberán poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente aquellas relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo, el cambio de representante o cualesquiera alteración en sus facultades o cambio de su sede.
7.- La entidad deberá obtener que se autorice, por el Supremo Gobierno, la ampliación de actividades cuando éstas excedan a las señaladas en el N° 1 del presente decreto.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




VolverTamaño de Fuente