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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2010


Ministerio de Justicia
CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A CORPORACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO SAN JUAN EVANGELISTA DE SANTIAGO
Santiago, 18 de agosto de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 642.- Vistos: Estos antecedentes; lo dispuesto en el artículo 545 y siguientes del Código Civil; los artículos 25, 28 y 36 del decreto supremo de Justicia N° 110 de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones; el decreto N° 924, publicado el 5 de agosto de 1981, del Ministerio de Justicia, que se refiere a las materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República; la resolución N° 1.600 de la Contraloría General de la República, de fecha 30 de octubre de 2008, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; lo informado por la Intendencia de la Región Metropolitana, mediante oficios Ord. N° 5.403, de 10 de diciembre de 2009, y Ord. N° 5.565 de 29 diciembre de 2009, y por el Consejo de Defensa del Estado mediante informe N° 270, de fecha 18 de marzo de 2010.
Considerando:
1.- Que a la entidad denominada Corporación Educacional Colegio San Juan Evangelista de Santiago, con domicilio en la ciudad de Santiago, se le concedió personalidad jurídica por decreto N° 435, de fecha 23 de marzo de 1972, del Ministerio de Justicia.
2.- Que esta Secretaría de Estado, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 36 del D.S. de Justicia N° 110 de 1979, dispuso un procedimiento de supervigilancia y fiscalización a dicha entidad.
3.- En el marco del procedimiento mencionado, mediante providencia N° 8.319, de fecha 3 de noviembre de 2009 esta Cartera de Estado solicitó a la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago, un informe sobre la marcha general de la entidad.
4.- Que la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago, mediante Oficio Ord. N° 5.403, de 10 de diciembre de 2009, remitió informe Reservado N°612, de 26 de noviembre de 2009, evacuado por la Prefectura Metropolitana Sur de la Policía de Investigaciones de Chile. Posteriormente, mediante oficio Ord. N° 5.565, de 29 de diciembre de 2009, la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago complementa su informe remitiendo informe Reservado N° 518, de fecha 14 de diciembre de 2009, de la Prefectura Metropolitana Oriente de la Policía de Investigaciones de Chile. De lo informado por la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago se desprende que la institución no cumple con sus fines ni con lo dispuesto en sus estatutos.
5.- Que, considerando la información contenida en el numeral anterior, este Ministerio solicitó por Oficio Ord. N° 71, de fecha 6 de enero de 2010, un informe al Consejo de Defensa del Estado, a fin de evaluar la ocurrencia de las causales para proceder a la cancelación de la personalidad jurídica de la en-tidad.
6.- Que el Consejo de Defensa del Estado, mediante informe N° 270, de 18 de marzo de 2010, señala que: ...llegamos a la conclusión que la presente entidad no está en condiciones de regularizar su funcionamiento.- Por otro lado, según se desprende del informe sobre marcha general de la entidad, ella no cumple con los fines para la cual fue creada, no se financia con cuotas de los socios; no existe un registro de socios; no existe un Consejo que dirija y administre la Corporación, ni se celebran Asambleas de Socios, como asimismo, no se rinde informe a las mismas, ni se presentan Memorias y Balances a ese Ministerio.- Por todas las razones indicadas, podría ser procedente la petición de la Congregación de los Sacerdotes del Sagrado Corazón de Jesús, en el sentido de que se le cancele la personalidad jurídica a la presente Corporación, fundado en lo dispuesto en el art. 25 del Reglamento, por no cumplir ella con los fines para la cual fue constituida.
7.- Que, de acuerdo con lo expuesto, especialmente lo informado por la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago y por el Consejo de Defensa del Estado, se han configurado causales para cancelar la personalidad jurídica de la entidad denominada Corporación Educacional Colegio San Juan Evangelista de Santiago,
Decreto:
1.- Cancélase la personalidad jurídica de la entidad denominada Corporación Educacional Colegio San Juan Evangelista de Santiago, concedida por decreto supremo N° 435, de fecha 23 de marzo de 1972, del Ministerio de Justicia.
2.- Pasen los bienes de la Corporación Educacional Colegio San Juan Evangelista de Santiago, al Arzobispado de Santiago, según lo dispuesto en el artículo trigésimo de los estatutos.
3.- Remítase copia del presente decreto a la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región Metropolitana y al Gobernador Provincial respectivo, según lo dispone el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




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