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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2010


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A FUNDACIÓN EDUCACIONAL BUENAVENTURA, DE SANTIAGO
Santiago, 19 de octubre de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 5.233 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Libro Primero, Título XXXIII, del Código Civil; en el decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, y sus modificaciones, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979; en el decreto supremo de Justicia N° 924, de 1981, publicado en el Diario Oficial de 5 de agosto de 1981, y sus modificaciones, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República; en resolución de la Contraloría General de la República N° 1.600, de 2008; publicada en el Diario Oficial de 6 de noviembre de 2008; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada Fundación Educacional Buenaventura, pudiendo además usar para todos los efectos el nombre de fantasía Fundación Buenaventura, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, y personalidad jurídica concedida por decreto de Justicia N° 603, de fecha 11 de junio de 1996, en los términos que da testimonio la escritura pública de fecha 2 de febrero de 2010, otorgada ante la Notario Público de Santiago, doña María Gloria Acharán Toledo.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




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