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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2010


Ministerio de Justicia
APRUEBA SOLICITUD DE ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ENTIDAD QUE INDICA
Santiago, 28 de septiembre de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 777.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 13 de la ley N° 19.880, de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado; en los artículos 545 y siguientes del Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil; en los artículos 26, 27 y 28 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979 y sus modificaciones, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones; decreto supremo de Justicia N° 924, de 1981, y sus modificaciones, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por Orden del Presidente de la República; en resolución de la Contraloría General de la República N° 1.600, de 2008; y lo informado por la Intendencia Región Metropolitana de Santiago, y por el Consejo de Defensa del Estado.
Considerando:
1.- Que, la entidad denominada Corporación Salva a las Mascotas Abandonadas, que puede usar el nombre de fantasía SALMA o SAVE THE STRAYS, con domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, cuenta con personalidad jurídica concedida mediante decreto exento de Justicia N° 1.712, de fecha 5 de mayo de 2008, por presentación de fecha 5 de enero de 2010, solicitó la aprobación del acuerdo de disolución de la entidad antes mencionada.
2.- Que, la disolución de la entidad fue acordada en Asamblea General Extraordinaria celebrada el 16 de diciembre de 2009, y cuya acta fue reducida a escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2009, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Eduardo Avello Concha.
3.- Que, en el artículo Cuadragésimo Tercero de los estatutos de la entidad, se señala que en caso de disolución, sus bienes pasarán a la persona jurídica sin fines de lucro, denominada Red Informativa del Movimiento Animal (Fundación RIMA), apareciendo de manifiesto que la voluntad de los socios de la corporación cuya disolución se acuerda, ha sido traspasar sus bienes a la entidad denominada Red Informativa del Movimiento Animal, que para todos los efectos legales puede usar el nombre de Fundación RIMA, con personalidad jurídica concedida mediante decreto exento de Justicia N° 3.460, de fecha 7 de noviembre de 2005.
4.- Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley N° 19.880, de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado, el cual prescribe: Artículo 13. Principio de la no formalización. El procedimiento debe desarrollarse con sencillez y eficacia; de modo que las formalidades que se exijan sean aquellas indispensables para dejar constancia indubitada de lo actuado y evitar perjuicios a los particulares.
El vicio de procedimiento o de forma sólo afecta la validez del acto administrativo cuando recae en algún requisito esencial del mismo, sea por su naturaleza o por mandato del ordenamiento jurídico y genera perjuicio al interesado.
La Administración podrá subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita, siempre que con ello no se afectaren intereses de terceros.
5.- Que, requerido informe a la Intendencia Región Metropolitana de Santiago, sobre la marcha general de la entidad que solicita la aprobación de acuerdo de disolución, dicho organismo mediante Oficio ORD.: N° 1052, de fecha 15 de abril de 2010, remitió Oficio Reservado N° 210, emitido por la Policía de Investigaciones de Chile, Prefectura Metropolitana Oriente, de fecha 7 de abril de 2010, y Oficio (R) N° 156, de fecha 6 de abril del mismo año, de la Policía de Investigaciones de Chile, Brigada de Investigación Criminal Providencia, este último señalando en su numeral 3.-1.-, que: La Corporación Salva a las Mascotas Abandonadas, cumplió con los fines establecidos en los estatutos: Cuidado de animales abandonados, mejorar las condiciones para perros abandonados y entregar a diversas entidades folletos educativos.
6.- Que, al tenor de lo informado por el Consejo de Defensa del Estado, mediante INF: N° 0542, de fecha 10 de junio de 2010, en la especie es posible acceder a la solicitud por cuanto consta en los antecedentes acompañados que la corporación sí cumplió con sus fines anteriormente, pero no lo hace en la actualidad por las razones ya expuestas. Todo ello en concordancia con lo expuesto en el Reservado N° 156 de fecha 6 de abril de 2010.
Por lo expuesto precedentemente es posible acceder a la solicitud de aprobación de acuerdo de disolución de personalidad jurídica para la Corporación Salva a las Mascotas Abandonadas,
Decreto:
1.- Apruébase el acuerdo de disolución y cancélase la personalidad jurídica concedida a la entidad denominada Corporación Salva a las Mascotas Abandonadas, que puede usar el nombre de fantasía SALMA o SAVE THE STRAYS, con domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, que cuenta con personalidad jurídica concedida mediante decreto exento de Justicia N° 1.712, de fecha 5 de mayo de 2008.
2.- Destínanse los bienes y el patrimonio de la entidad disuelta a la entidad denominada Red Informativa del Movimiento Animal, que para todos los efectos legales puede usar el nombre de Fundación RIMA, que cuenta con personalidad jurídica vigente, concedida mediante decreto exento de Justicia N°3.460, de fecha 7 de noviembre de 2005.
3.- Remítase copia del presente decreto al Secretario Regional Ministerial de Justicia de la Región Metropolitana de Santiago, y al Gobernador Provincial respectivo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




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