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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2011


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A "SERVICIO MÉDICO DE LA CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN", DE SANTIAGO
Santiago, 29 de agosto de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 3.790 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Libro Primero, Título XXXIII, del Código Civil; en el decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, y sus modificaciones, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979; en el decreto supremo de Justicia N° 924, de 1981, publicado en el Diario Oficial de 5 de agosto de 1981, y sus modificaciones, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República; en resolución de la Contraloría General de la República N° 1.600, de 2008, publicada en el Diario Oficial de 6 de noviembre de 2008; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada Servicio Médico de la Cámara Chilena de la Construcción, con domicilio en la Provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 2.115, de 23 de julio de 1963, en los términos que da testimonio la escritura pública de fecha 25 de enero de 2011, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don René Benavente Cash.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




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