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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2011


Ministerio de Justicia
AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO DE LA DEFENSORÍA PENAL PúBLICA EN TÉRMINOS QUE INDICA
Santiago, 24 de agosto de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 3.746 exento.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 N°6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el DL N° 3.346, de 1980, de Justicia, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el DS de Justicia N° 1.597, de 1980, que fija el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública; en el DL N° 799, de 1974, del Ministerio del Interior, que dicta Disposiciones que Regulan Uso y Circulación de Vehículos Estatales; en el DS N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el decreto de Justicia N° 902, de 2004, que Autoriza Circulación de Vehículos en los Términos que señala; en el oficio circular N° 26, de 2003, del Ministerio de Hacienda; en la circular N° 35.593, de 1995, y en la resolución 1.600, ambas de la Contraloría General de la República; y en los oficios DN Nos 28 y 29, de 18 de enero de 2011, ambos de la Defensoría Nacional.
Considerando:
Que, conforme lo dispuesto en el artículo 1° del DL N° 799, de 1974, del Ministerio del Interior, que Regula Uso y Circulación de Vehículos Estatales, se prohíbe la circulación de vehículos fiscales en días sábados en la tarde, domingos y festivos, eximiéndose de dicha prohibición los vehículos que, por la naturaleza de las funciones de las reparticiones a las que pertenecen, deben mantenerse en circulación durante esos días, previa autorización otorgada mediante DS fundado del ministerio que corresponda, firmado, además, por el Ministro del Interior.
Que la Defensoría Regional del Biobío cuenta con un vehículo fiscal para el desarrollo de sus funciones, las que tienen el carácter de ininterrumpido, por lo que resulta imprescindible que dicho vehículo permanezca en libre circulación durante los días sábado, domingo y festivos.
Que es fundamento para exceptuar del uso de distintivo fiscal al vehículo de la Defensoría Penal Pública, asignado a la Región del Biobío, la seguridad de los funcionarios y autoridades de la Institución, en el cumplimiento de sus funciones.
Que, en ese contexto, mediante decreto exento de Justicia N° 902, de 2004, se autorizó la circulación del vehículo asignado a la Defensoría Regional del Biobío, individualizado a continuación:

Que dicho vehículo fue dado de baja, ordenándose su enajenación mediante resolución exenta N° 7, de 7 de enero de 2011, del Director Administrativo Nacional de la Defensoría Penal Pública, por lo que procede revocar la autorización de circulación otorgada.
Decreto:
1.- Autorízase la circulación en los días sábado en la tarde, domingo y festivos del vehículo de la Defensoría Penal Pública, asignado a la Región del Biobío, que a continuación se indica:

2.- Exceptúese de la utilización del distintivo que señala el artículo 3° del citado DL N° 799, de 1974, del Ministerio del Interior, al vehículo asignado a la Defensoría Regional del Biobío, señalado precedentemente.
3.- Modifícase el DS de Justicia N° 902, de 2004, en cuanto a dejar sin efecto dicha autorización de circulación y exención de usar distintivo fiscal, por haber dejado de pertenecer a la Defensoría Penal Pública, al siguiente vehículo:

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Justicia.- Rodrigo Hinzpeter Kirberg, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




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