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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2011


Ministerio de Justicia
APRUEBA ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A SOCIEDAD CONSTRUCTORES Y EBANISTAS JOSÉ VIERA, DE ELQUI
Santiago, 3 de noviembre de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 713.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Título XXXIII del Libro I del Código Civil; en los artículos 24, 26, 27 y 28 del decreto supremo de Justicia N° 110, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en el decreto supremo de Justicia N° 924, de 1981, publicado en el Diario Oficial de 5 de agosto de 1981, y sus modificaciones, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República; en resolución de la Contraloría General de la República N° 1.600, de 2008, publicada en el Diario Oficial de 6 de noviembre de 2008, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; lo informado por Gobernador Provincial de Elqui, mediante oficio Ord. N° 618, de 23 de mayo de 2011, y por el Consejo de Defensa del Estado a través de informe N° 879, de 31 de agosto de 2011.
Considerando:
1.- Que la entidad denominada Sociedad Constructores y Ebanistas José Viera, con domicilio en la provincia de Elqui, que cuenta con personalidad jurídica concedida por decreto de Justicia N° 3.134, de 18 de octubre de 1906, mediante presentación de fecha 9 de noviembre de 2010, solicitó la aprobación de acuerdo de disolución de la institución antes mencionada, y la cancelación de su personalidad jurídica.
2.- Que la entidad adoptó el acuerdo de disolución en asamblea general extraordinaria de socios efectuada el día 4 de septiembre de 2010, cuya acta se encuentra contenida en escritura pública de fecha 25 de octubre de 2010, otorgada ante el Notario Público de La Serena, don Óscar Fernández Mora.
3.- Que se requirió informe sobre marcha general de la entidad al Gobernador Provincial de Elqui, siendo éste evacuado mediante oficio Ord. N° 618, de 23 de mayo de 2011, y habiéndose recibido el informe N° 879, de 31 de agosto de 2011, solicitado al Consejo de Defensa del Estado.
4.- Que, habiéndose dispuesto en el artículo 32 de los estatutos, el destino de los bienes existentes al momento de su disolución, en los siguientes términos: Aprobada por el Supremo Gobierno la disolución voluntaria o decretada la disolución forzada de la Corporación, sus bienes pasarán a la Sociedad de Socorros Mutuos José Viera Magallanes.
Decreto:
1.- Apruébase el acuerdo de disolución y cancélese la personalidad jurídica de la entidad denominada Sociedad Constructores y Ebanistas José Viera, con domicilio en la provincia de Elqui y personalidad jurídica concedida por decreto de Justicia N° 3.134, de 18 de octubre de 1906, en los términos que da testimonio la escritura pública de fecha 25 de octubre de 2010, otorgada ante el Notario Público de La Serena, don Óscar Fernández Mora.
2.- Destínanse los bienes y el patrimonio de la entidad disuelta a la entidad denominada Sociedad de Socorros Mutuos José Viera Magallanes, personalidad jurídica concedida por decreto de Justicia N° 246, de 7 de febrero de 1990.
3.- Remítase copia del presente decreto al Secretario Regional Ministerial de Justicia y al Gobernador Provincial respectivos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




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