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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2012


Ministerio de Justicia
CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A "SERVICIO DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE COMERCIAL NUEVO MILENIO S.A., DE
SANTIAGO
Santiago, 22 de diciembre de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 831.- Vistos: Estos antecedentes; lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Civil; los artículos 25, 28 y 36 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones; el decreto N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, que se refiere a las materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y lo informado por la Intendencia de la Región Metropolitana y por el Consejo de Defensa del Estado.
Considerando:
1.- Que, a la entidad denominada Servicio de Bienestar del Personal de Comercial Nuevo Milenio S.A., con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, se le concedió personalidad jurídica por decreto exento N° 3.117, de 29 de agosto de 2008.
2.- Que, esta Secretaría de Estado, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 36 del DS de Justicia N° 110, de 1979 y sus modificaciones, dispuso un procedimiento de fiscalización a fin de verificar su actual funcionamiento y cumplimiento del objeto que justificó la concesión de su personalidad jurídica.
3.- Que, en el procedimiento, mediante Providencia N° 8.762, de 19 de noviembre de 2009, del Jefe del Departamento de Personas Jurídicas de esta Cartera de Estado, se solicitó a la Intendencia de la Región Metropolitana, que informara sobre la marcha general de la entidad.
4.- Que por medio del oficio Ord. N° 45, de 6 de enero de 2010, la Intendencia señalada remitió a este Ministerio el Res.: N° 411, de 22 de diciembre de 2009, por el cual la Brigada de Investigación Criminal Quinta Normal - Cerro Navia, de la Policía de Investigaciones de Chile, informa que consultado el Presidente de la Corporación, don Lorenzo Óscar Calderón Herrera, declaró que: dicha entidad ya no se encuentra en funcionamiento desde el mes de junio del año 2008, por falta de interés del personal en participar activamente en este bienestar.
5.- Que, posteriormente, al no tener respuesta por parte de la entidad a diversos requerimientos de esta Secretaría de Estado, mediante Providencia N° 4.649, de 29 de junio de 2010, del Jefe del Departamento de Personas Jurídicas de esta Cartera, se solicitó a la Intendencia de la Región Metropolitana, que informara nuevamente sobre la marcha general de la entidad.
6.- Que, por medio del oficio Ord. N° 2.493, de 13 de agosto de 2010, la Intendencia señalada remitió a este Ministerio el Res.: N° 240, de 2 de agosto de 2010, por el cual la Brigada de Investigación Criminal Quinta Normal - Cerro Navia, de la Policía de Investigaciones de Chile, señala que consultado nuevamente don Lorenzo Óscar Calderón Herrera, éste informa que: a) la entidad no cumple con los fines, por cuanto en el mes de julio del año 2008, toda la documentación fue retirada por la empresa Comercial Nuevo Milenio; b) no tienen financiamiento o recursos; e) que las reuniones se hicieron hasta julio del año 2008 en la sede de la empresa; d) que no cuenta con bienes; e) el directorio solo rindió un balance en el año 2008; f) no cuentan con ningún libro, pues fueron retirados por la empresa, g) no es posible entregar una cifra de los montos que fueron recaudados durante la gestión del último directorio, por cuanto toda la información era llevada por la empresa.
7.- Que, el 21 de abril de 2011, se recibió el Informe N° 364, de igual fecha, del Consejo de Defensa del Estado, el que concluye lo siguiente: Atendido el mérito de los antecedentes reunidos y, en especial, los dos informes de la Intendencia de la Región Metropolitana, sobre la marcha general de la entidad, que demuestran según lo informado por la Policía de Investigaciones, que la presente entidad dejó de funcionar en el mes de julio de 2008, estimamos que procede dar inicio a un procedimiento de cancelación de la personalidad jurídica de la misma, fundado en el hecho de que ella no cumple con los fines para la cual fue creada.- El hecho indicado constituye un motivo para que pueda cancelarse la personalidad jurídica a una Corporación, conforme con lo dispuesto en el Art. 25 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, contenido en el decreto supremo N° 110, de 1979, de ese Ministerio.
8.- Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 61 de los estatutos sociales, decretada la disolución forzada de la corporación, sus bienes pasarán a la Fundación de Beneficencia El Peregrino.
9.- Que, de acuerdo con lo expuesto, especialmente con lo informado por el Consejo de Defensa del Estado, se ha configurado causal de cancelación de la personalidad jurídica del Servicio de Bienestar del Personal de Comercial Nuevo Milenio S.A..
Decreto:
1.- Cancélase la personalidad jurídica de la entidad denominada Servicio de Bienestar del Personal de Comercial Nuevo Milenio S.A., concedida por decreto exento N° 3.117, de 29 de agosto de 2008, del Ministerio de Justicia.
2.- Pasen los bienes del Servicio de Bienestar del Personal de Comercial Nuevo Milenio S.A. a la Fundación de Beneficencia El Peregrino, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 61 de los estatutos.
3.- Remítase copia del presente decreto al Secretario Regional Ministerial de Justicia y al Gobernador Provincial respectivos, según lo dispone el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones.
Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




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