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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2012


AUTORIZA A FUNDACIÓN ELECNOR PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS
Santiago, 24 de noviembre de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 5.289 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Libro Primero, Título XXXIII, del Código Civil; en el decreto supremo N° 110, de Justicia, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 26 de septiembre de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en el decreto supremo de Justicia N° 924, de 1981, publicado en el Diario Oficial de 5 de agosto de 1981, y sus modificaciones, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República, y en resolución de la Contraloría General de la República N° 1.600, de 2008, publicada en el Diario Oficial de 6 de noviembre de 2008, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
1.- Autorízase a la entidad denominada Fundación Elecnor, con domicilio en Madrid, España, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados y protocolizados bajo el N° 6.760, de fecha 3 de marzo de 2011, en la Notaría Pública de Santiago, de don René Benavente Cash, y N° 56, de fecha 7 de marzo de 2011, en la Notaría Pública de Santiago, de don Iván Torrealba Acevedo, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.
2.- La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes de España, según consta en el documento de fecha 30 de septiembre de 2011, debidamente legalizado y protocolizado bajo el N° 38.010, de fecha 28 de octubre de 2011, en la Notaría Pública de Santiago, de don René Benavente Cash, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente.
3.- El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
4.- El domicilio de la citada entidad será Avenida Apoquindo N° 4501, oficina 1601, Las Condes, Región Metropolitana de Santiago.
5.- El representante de la entidad en Chile será don Jorge Allende Zañartu, con domicilio en calle Miraflores N° 178, piso 12, Santiago, Región Metropolitana de Santiago, quien en su carácter de mandatario de la institución tendrá su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones en la forma en que se acredita a través de mandato contenido en instrumento protocolizado bajo el N° 56, con fecha 7 de marzo de 2011, en la Notaría Pública de Santiago, de don Iván Torrealba Acevedo.
6.- El mandatario de la mencionada entidad deberá poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente, aquellas relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo, el cambio de representante o cualesquiera alteración en sus facultades o cambio de su sede.
7.- La entidad deberá obtener que se autorice por el Supremo Gobierno la ampliación de actividades, cuando éstas excedan a las señaladas en el N° 1 del presente decreto.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




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