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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2012


AUTORIZA A WILDLIFE CONSERVATION SOCIETY PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS
Santiago, 1 de marzo de 2012.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.216 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo N° 110, de Justicia, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 26 de septiembre de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en el decreto supremo de Justicia N° 924 de 1981, publicado en el Diario Oficial de 5 de agosto de 1981, y sus modificaciones, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República y en la resolución de la Contraloría General de la República N° 1.600 de 2008, publicada en el Diario Oficial de 6 de noviembre de 2008, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado.
Decreto:
1.- Autorízase a la entidad denominada "Wildlife Conservation Society", con domicilio en el Estado de Nueva York, Estados Unidos, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados con fecha 14 de septiembre y 17 de octubre, ambos de 2011, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.
2.- La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes del Estado de Nueva York, Estados Unidos, según consta del documento de fecha 14 de julio de 2011, debidamente legalizado, con fecha 17 de octubre de 2011, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente.
3.- El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
4.- El domicilio de la citada entidad será Avenida General Bustamante N° 144 (ex 126), oficina N° 42, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago.
5.- La representante de la entidad en Chile será doña Bárbara Saavedra Pérez, con domicilio en Avenida General Bustamante N° 144 (ex 126) oficina N° 42, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, quien en su carácter de mandataria de la institución tendrá su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones en la forma en que se acredita a través de mandato debidamente legalizado con fecha 14 de septiembre de 2011.
6.- La mandataria de la mencionada entidad deberá poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente, aquellas relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo, el cambio de representante o cualesquiera alteración en sus facultades o cambio de su sede.
7.- La entidad deberá obtener que se autorice por el Supremo Gobierno la ampliación de actividades, cuando éstas excedan a las señaladas en el N° 1 del presente decreto.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Justicia.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




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