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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2012


Ministerio de Justicia
CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A "FUNDACIÓN DEPORTES PARA TODOS", DE SANTIAGO
Santiago, 1 de octubre de 2012.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 655.- Vistos: Estos antecedentes; lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Civil; la Ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; los artículos 25, 28 y 36 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, y sus modificaciones, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones; el decreto supremo N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, que se refiere a las materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y lo informado por la Intendencia de la Región Metropolitana y por el Consejo de Defensa del Estado,
Considerando:
1.- Que, a la entidad denominada Fundación Deportes Para Todos, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, se le concedió personalidad jurídica por decreto exento N° 2.573, de 9 de julio de 2009, de este Ministerio.
2.- Que esta Secretaría de Estado, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 36 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, y sus modificaciones, dispuso un procedimiento de fiscalización a fin de verificar su actual funcionamiento y el cumplimiento del objeto que justificó la concesión de su personalidad jurídica.
3.- Que, en el procedimiento, mediante providencia N° 10.052, de 28 de diciembre de 2011, del Jefe del Departamento de Personas Jurídicas de esta Cartera de Estado, se solicitó a la Intendencia de la Región Metropolitana, a través de la Policía de Investigaciones de Chile, informar sobre la marcha general de la entidad y su actual funcionamiento.
4.- Que, por medio de oficio Ord. N° 391, de 26 de enero de 2012, la Intendencia de la Región Metropolitana remitió el reservado N° 08, de 18 de enero de 2012, mediante el cual la Brigada de Investigación Criminal Las Condes, de la Policía de Investigaciones de Chile, informa que La Fundación no dio cumplimiento a los fines propuestos en el Estatuto, por cuanto según lo informado por el señor Rodrigo Fernando Eitel Canales, esta fundación nunca tuvo movimiento, tampoco inicio de actividades, por ende no se cumplieron los estatutos para los fines que originaron su creación. En consecuencia, se aprecia que la entidad mantiene un funcionamiento claramente irregular.
5.- Atendido lo anterior, mediante oficio N° 972, de 7 de febrero de 2012, del Departamento de Personas Jurídicas de esta Secretaría de Estado, se solicitó al Consejo de Defensa del Estado emitir un informe en derecho acerca de la situación producida en esta entidad.
6.- Que mediante informe N° 479, de 11 de mayo de 2012, del Consejo de Defensa del Estado, se concluye que: Los antecedentes tenidos a la vista y la vulneración de las normas citadas permiten afirmar: Que los fundadores de la entidad denominada Deportes Para Todos, no cumplieron la obligación de enterar el aporte inicial fundacional de $2.000.000 comprometidos, requisito de la esencia de toda Fundación, cuya existencia nace precisamente de la afectación de un patrimonio a un fin de carácter moral.
Que, por otra parte, desde la publicación del decreto de concesión, no se formalizó su existencia legal, ya que no ha iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, no cuenta con Rut, cuentas corrientes, sedes u otros que habiliten para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y ser representada judicial y extrajudicial y, consecuencialmente, cumplir los fines para los cuales se le otorgó el beneficio de la personalidad jurídica.
Que, sin perjuicio de lo anterior, los fundadores tampoco han cumplido con la obligación de designar anualmente a los miembros del Directorio, que se reservaron en el artículo 7° de los estatutos, impidiendo establecer el órgano de dirección, administración y control, que conforme a la normativa jurídica, será el encargado de velar por el cumplimiento de sus fines sociales.
Que los hechos e infracciones detectadas a sus estatutos, ley y reglamento, autorizan al Ministerio de Justicia para que, en el ejercicio de las facultades de supervigilancia y control que sobre la entidad le otorga el artículo 36 del decreto supremo de Justicia N° 110 de 1879 (sic), intervenga e inicie conforme al artículo 25 del mismo texto, el procedimiento de cancelación de la personalidad jurídica de la entidad denominada Fundación Deportes Para Todos, por no cumplir el objeto para el cual se le otorgó la personalidad jurídica e infringir las normas estatutarias que la rigen.
Que las circunstancias precedentes autorizan, a su vez, al Ministerio de Justicia para que en el ejercicio de sus facultades de supervigilancia y control sobre las personas jurídicas creadas al amparo del Título XXXIII del Libro I del Código Civil, asignadas en los artículos 36 y 37 del Reglamento señalado, inicie conforme al artículo 25 del mismo texto, el procedimiento de cancelación de la fundación materia de este informe, por cuanto la existencia de toda persona jurídica sin fines de lucro, que el artículo 1° de la Constitución Política ampara y entrega al Estado, queda en todo caso, supeditada al cumplimiento de sus fines sociales y a las normas legales que la regulan.
7.- Que, de acuerdo con lo expuesto, especialmente lo informado por la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago y el Consejo de Defensa del Estado, se ha configurado causal de cancelación de la personalidad jurídica de la entidad denominada Fundación Deportes Para Todos.
8.- Que, de conformidad con la Disposición Cuarta transitoria de la Ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, los procedimientos que tengan por objeto la cancelación de la personalidad jurídica de corporaciones o fundaciones y se encuentren pendientes, seguirán tramitándose conforme a la ley antigua.
Decreto:
1.- Cancélase la personalidad jurídica de la entidad denominada Fundación Deportes Para Todos, concedida por decreto exento N° 2.573, de 9 de julio de 2009, de este Ministerio.
2.- Pasen los bienes a la Fundación Hogar de Cristo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo vigésimo segundo de sus estatutos.
3.- Remítase copia del presente decreto al Secretario Regional Ministerial de Justicia, según lo dispone el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, y al Gobernador Provincial respectivo.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




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