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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2013


Ministerio de Justicia
APRUEBA REFORMA DE ESTATUTOS, ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A IGLESIA APOSTÓLICA PENTECOSTAL AUTÓNOMA, DE TALCA
Núm. 219.- Santiago, 20 de marzo de 2013.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en la cuarta disposición transitoria de la ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; en el decreto supremo de Justicia N° 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República; en la resolución de la Contraloría General de la República N° 1.600, de 2008; y lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región del Maule y por el Consejo de Defensa del Estado,
Considerando:
1.- Que la entidad denominada Iglesia Apostólica Pentecostal Autónoma, con domicilio en la provincia de Talca, Región del Maule, que cuenta con personalidad jurídica concedida por este Ministerio, mediante decreto de Justicia N° 1.291, de 10 de septiembre de 1979, solicitó la aprobación de reforma estatutaria y del acuerdo de disolución de la institución antes mencionada.
2.- Que la entidad adoptó el acuerdo de disolución y reforma del artículo vigésimo noveno de los estatutos, referido a la entidad beneficiaria de los bienes al momento de la disolución, en asamblea general extraordinaria efectuada el día 3 de septiembre de 2011, cuya acta fue reducida a escritura pública de fecha 13 de septiembre de 2011, otorgada ante el Notario Público de Talca, don Carlos Demetrio Hormazábal Troncoso.
3.- Que se requirió informe sobre marcha general de la entidad a la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región del Maule, siendo éste evacuado mediante oficio Ord. N° 634, de 25 de abril de 2012, y habiéndose recibido el informe N° 469, de 11 de mayo de 2012, solicitado al Consejo de Defensa del Estado.
4.- Que, habiéndose dispuesto en el artículo vigésimo noveno de los estatutos el destino de los bienes existentes al momento de su disolución, en los siguientes términos: Acordada la disolución de la institución, sus bienes pasarán en propiedad, a la persona jurídica de derecho público Iglesia Visión Internacional Apostólica.
Decreto:
1.- Apruébase el acuerdo de disolución y de reforma al artículo vigésimo noveno de los estatutos, referido a la entidad beneficiaria de los bienes al momento de la disolución de la entidad denominada Iglesia Apostólica Pentecostal Autónoma; acuerdos adoptados en asamblea general extraordinaria efectuada el día 3 de septiembre de 2011, cuya acta fue reducida a escritura pública de fecha 13 de septiembre de 2011, otorgada ante el Notario Público de Talca, don Carlos Demetrio Hormazábal Troncoso.
2.- Cancélese la personalidad jurídica de la entidad denominada Iglesia Apostólica Pentecostal Autónoma, con domicilio en la provincia de Talca, Región del Maule, y declárese disuelta la entidad.
3.- Destínense los bienes y el patrimonio de la entidad disuelta a la entidad denominada Iglesia Visión Internacional Apostólica, entidad que se encuentra inscrita en el Registro Público de Entidades Religiosas, bajo el N° 00962, con fecha 16 de mayo de 2005, en virtud de lo dispuesto en la ley N° 19.638, de 1999, del Ministerio del Interior y su Reglamento, aprobado por decreto supremo de Justicia N° 303, de 2000.
4.- Remítase copia del presente decreto al Secretario Regional Ministerial de Justicia y al Gobernador Provincial respectivos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Patricia Pérez Goldberg, Ministra de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Juan Ignacio Piña Rochefort, Subsecretario de Justicia.




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