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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2014


Ministerio de Justicia
CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A "FUNDACIÓN EDWARD WALE ROSALES"
Santiago, 22 de mayo de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 419.- Vistos: Estos antecedentes; lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Civil; la disposición Cuarta transitoria de la Ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; los artículos 25, 28 y 36 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones; el decreto N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, que se refiere a las materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; la resolución N° 1.600 de la Contraloría General de la República, de 30 de octubre de 2008, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado.
Considerando:
1.- Que a la entidad denominada "Fundación Edward Wale Rosales", con domicilio en la Provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, se le concedió personalidad jurídica por decreto exento N° 3.042, de 4 de octubre de 2005, del Ministerio de Justicia.
2.- Que esta Secretaría de Estado, en virtud de las facultades que le otorgaba el artículo 36 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, y sus modificaciones, dispuso un procedimiento de fiscalización a dicha entidad.
3.- Que en el procedimiento de fiscalización sustanciado por este Ministerio se comprobó que la entidad infringió los estatutos sociales, impartiéndose instrucciones adecuadas para corregir las irregularidades e indicándose un plazo para ello, según consta en el oficio ordinario N° 1.699, de 7 de marzo de 2011, de la Subsecretaría de Justicia.
4. Que debido a que dentro del plazo otorgado la entidad no informó sobre el cumplimiento de las instrucciones, reiteradamente se solicitó antecedentes sobre el particular, según dan cuenta las providencias N° 3.142, de 18 de abril de 2011, y N° 6.405, de 11 de agosto de 2011, ambas del Jefe del Departamento de Personas Jurídicas de este Ministerio.
5. Que persistiendo la inactividad de la entidad en cuanto al acatamiento de las instrucciones impartidas, mediante oficio ordinario N° 9.226, de 26 de diciembre de 2011, de la Subsecretaría de Justicia, se resolvió reiterar las instrucciones contenidas en el oficio ordinario N° 1.699, ya citado, indicándose un plazo para informar y haciéndose presente que, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 del decreto supremo N° 110, del año 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, transcurrido el plazo se evaluaría la procedencia de la cancelación de la personalidad jurídica, sin consignarse respuesta hasta la fecha.
6. Que mediante oficio ordinario N° 4.316, de 19 de junio de 2013, de la Subsecretaría de Justicia, se solicitó un informe en derecho al Consejo de Defensa del Estado en cuanto a la procedencia de la cancelación de la personalidad jurídica de la entidad y el destino de sus bienes. Al respecto, se consignó en el expediente el Informe N° 34, de 7 de febrero de 2014, del referido Consejo, que concluye que procede cancelar la personalidad jurídica de la entidad, fundado en la causal prevista en el artículo 36 del mencionado decreto supremo N° 110; es decir, el incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Ministerio de Justicia, y que sus bienes deben pasar a la Corporación de Ayuda al Niño Quemado, Coaniquem.
7. Que el artículo 21 de los estatutos de la entidad, en lo pertinente, reza: "En caso de ponerse término a la Fundación, sus bienes, una vez pagadas las deudas, pasarán en su totalidad a la Corporación de Ayuda al Niño Quemado (Coaniquem).
8. Que de acuerdo con lo expuesto, especialmente lo informado por el Consejo de Defensa del Estado, se ha configurado una causal para cancelar la personalidad jurídica de la "Fundación Edward Wale Rosales".
Decreto:
1. Cancélase la personalidad jurídica de la entidad denominada "Fundación Edward Wale Rosales", concedida por decreto exento N° 3.042, de 4 de octubre de 2005, del Ministerio de Justicia.
2. Pasen los bienes de la "Fundación Edward Wale Rosales" a la "Corporación de Ayuda al Niño Quemado (Coaniquern)", según lo dispuesto en el artículo 21 de los estatutos sociales.
3. Remítase copia del presente decreto al Secretario Regional Ministerial de Justicia y al Gobernador Provincial respectivos, conforme con el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones.
Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Marcelo Albornoz Serrano, Subsecretario de Justicia.




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