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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2014


REVOCA AUTORIZACIÓN PARA CIRCULAR EN HORAS Y DÍAS INHÁBILES A VEHÍCULO QUE INDICA
Santiago, 26 de septiembre de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 2.072 exento.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto ley N° 3.346, de 1980, del Ministerio de Justicia, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el decreto supremo de Justicia N° 1.597, de 1980, que fija el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública; en el decreto ley N° 799, de 1974, del Ministerio del Interior, que dicta Disposiciones que Regulan Uso y Circulación de Vehículos Estatales; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el oficio circular N° 26, de 2003, del Ministerio de Hacienda; en el decreto exento N° 2.726, de 2007, del Ministerio de Justicia; en el oficio ordinario N° 737, de 14 de agosto de 2014, de la Defensoría Penal Pública; en la circular N° 35.593, de 1995, y en la resolución N° 1.600, de 2008, ambas de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1.- Que conforme a lo establecido en el artículo 1° de la ley N° 19.718, se creó "un servicio público, descentralizado funcionalmente y desconcentrado territorialmente, denominado Defensoría Penal Pública, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia".
2.- Que por decreto exento N° 2.726, de 13 de septiembre de 2007, del Ministerio de Justicia, se autorizó que el vehículo de la Defensoría Penal Pública, asignado a la Región de la Araucanía, marca Suzuki, modelo Grand Nomade 2.0 GLX Sport, año 2006, número de patente ZT 5384-0, circule los días sábado, domingo y festivos con exención de uso de disco distintivo fiscal.
3.- Que en razón de que el vehículo contemplado en el decreto exento N° 2.726, de 2007, del Ministerio de Justicia, ha sido dado de baja, mediante resolución exenta N° 3.393, de 7 de noviembre de 2011, de la Defensoría Penal Pública, se hace necesario, para efectos de control, dejar sin efecto la autorización concedida al vehículo indicado.
Decreto:
Revoca autorización para circular en horas inhábiles, los días sábado en la tarde, domingo y festivos, así como exento de disco distintivo, al vehículo Station Wagon marca Suzuki, Modelo Grand Nomade 2.0 GLX Sport, año 2006, Placa patente ZT 5384-0, N° chasis JS3TD54V174100617, N° motor J20A-327829.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Marcelo Albornoz Serrano, Subsecretario de Justicia.




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