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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1162949 2017


(CVE 1162949)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia
TOMA CONOCIMIENTO DE REFORMA DE ESTATUTOS DE LA ENTIDAD DENOMINADA THE NATURE CONSERVANCY
Santiago, 14 de diciembre de 2016.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 2.588 exento.
Vistos:
Estos antecedentes, y lo dispuesto en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto ley N° 3.346, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, reformada por la ley N° 20.885; en el decreto supremo de justicia N° 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia en el artículo 34 del decreto supremo de justicia N° 110, de 1979; en el decreto supremo de justicia N° 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado, y
Considerando:
1.- Que mediante decreto exento N° 647, de 25 de julio de 2003, de este Ministerio, posteriormente modificado por decreto exento N° 2.734, de 30 de agosto de 2006, también de esta procedencia, se autorizó a la entidad extranjera denominada The Nature Conservancy, con domicilio en el Estado de Virginia, Estados Unidos de América, para realizar actividades en Chile, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que éstos se ajusten a las leyes chilenas, no contravengan las buenas costumbres y el orden público.
2.- Que en virtud de los decretos exentos Nos 1.139, de 24 de marzo de 2009, 5.135, de 24 de octubre de 2012, y 2.432, de 6 de julio de 2015, todos de esta Secretaría de Estado, se aprobaron, respectivamente, la ampliación de poder otorgado al representante legal de la entidad, la complementación de actividades a desarrollar en Chile y el cambio de mandatario. A ello, debe agregarse que, mediante el citado decreto N° 5.135, se tomó además conocimiento del cambio de domicilio de la entidad en Chile, señalando que esa nueva dirección corresponde a la ubicada en calle Marchant Pereira N° 367, oficina 801, Providencia, Santiago, y que, el mencionado decreto N° 2.432, al aprobar el referido cambio de representante, señaló que la nueva mandataria en Chile es doña Maryann Anttonieta Ramírez Calisto.
3.- Que según lo dispone el numeral 2 del precitado decreto exento N° 2.432, La mandataria de la mencionada entidad deberá poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente, aquellas relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo, el cambio de representante o cualesquiera alteración en sus facultades o cambio de su sede..
4.- Que, con fecha 4 de mayo de 2016, doña Maryann Anttonieta Ramírez Calisto, en la representación que inviste de la entidad denominada The Nature Conservancy, informa a este Ministerio de las modificaciones que el Directorio de la entidad, mediante resoluciones de fechas 10 de octubre de 2014 y 6 de febrero de 2015, aprobó para que fueran incorporadas a la escritura de constitución y a los estatutos de la organización, respectivamente, reformas cuyo soporte documental ha sido debidamente legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fecha 17 de noviembre de 2015, luego traducido por dicha Cartera de Estado con fecha 4 de enero de 2016, y finalmente protocolizado ante el Notario Público Interino de Santiago, don Víctor Olguín Peña, con fecha 8 de enero del mismo año, bajo el Repertorio número 185/2016.
5.- Que el Consejo de Defensa del Estado, en su Informe N° 243, de 10 de agosto de 2016, señaló, en lo pertinente, que En lo relativo al objeto de la entidad esta reforma no lo altera sustancialmente y nada se indica respecto de cuáles serián los fines a llevar y ejecutar en el país por lo que se deduce que éstos no serían modificados y continúan vigentes los señalados originalmente.. Asimismo, agregó más adelante que El Art. 34 del Reglamento, ya citado, en su letra e) exige lo siguiente: ‘Declaración del mandatario de la entidad por la cual éste se obliga a poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella se opere, especialmente aquéllas relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo el cambio de representantes.‘. Pues bien, con esta solicitud precisamente la entidad está cumpliendo con dicha exigencia al informar al Presidente de la República de la modificación efectuada a los estatutos. Este Consejo estima que no se ve inconveniente en que se apruebe la modificación..
6.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo de justicia N° 110, de 1979, en concordancia con el artículo 1°, párrafo I.3.2, del decreto supremo de justicia N° 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República, corresponde al titular de esta Cartera Ministerial suscribir el presente acto administrativo, bajo la fórmula antes señalada.
7.- Que, analizados los antecedentes acompañados por la entidad en referencia, y adhiriendo al pronunciamiento emitido por el Consejo de Defensa del Estado, se ha podido determinar que, no obstante los cambios que se introdujeron a los textos de los artículos que describen el objeto de la corporación, tanto en la escritura de constitución como en sus estatutos, se conserva la esencia del objetivo para el que fue autorizada la entidad a funcionar en Chile, por lo que resulta procedente que, mediante el presente decreto, se tome conocimiento de esa nueva literalidad, así como del resto de las modificaciones que acordó el Directorio de la corporación en examen.
Decreto:
Tómese conocimiento de las modificaciones estatutarias que aprobó el Directorio de la entidad denominada The Nature Conservancy, en los términos que dan testimonio los documentos debidamente legalizados en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fecha 17 de noviembre de 2015, que luego fueron traducidos por dicha Cartera de Estado con fecha 4 de enero de 2016, y finalmente protocolizados ante el Notario Público Interino de Santiago, don Víctor Olguín Peña, con fecha 8 de enero del mismo año, bajo el Repertorio número 185/2016.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Jaime Campos Quiroga, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Nicolás Mena Letelier, Subsecretario de Justicia.




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