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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1287549 2017


(CVE 1287549)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia
REVOCA AUTORIZACIÓN PARA CIRCULAR LOS DÍAS SÁBADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS A VEHÍCULO QUE INDICA
Santiago, 7 de junio de 2017.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.160 exento.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto supremo de Justicia N° 1.597, de 1980, que fija el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en la Ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública; en el decreto ley N° 799, de 1974, que dicta Disposiciones que Regulan Uso y Circulación de Vehículos Estatales; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar Por orden del Presidente de la República; en el oficio circular N° 26, de 2003, de los Ministerios de Hacienda y del Interior, así como en el oficio circular N° 25, de 2010, del Ministerio de Hacienda; en el decreto exento N° 2.726, de 2007, del Ministerio de Justicia; en la circular N° 35.593, de 1995 y en la resolución N° 1.600, de 2008, ambas de la Contraloría General de la República; en el oficio DN N° 282, de 4 de mayo de 2017, de la Defensoría Penal Pública; en el decreto exento N° 2.103, de 14 de junio de 2013, de este Ministerio, que autoriza circulación de vehículo de la Defensoría Penal Pública, y
Considerando:
1.- Que, conforme a lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 19.718, se creó: Un servicio público, descentralizado funcionalmente y desconcentrado territorialmente, denominado Defensoría Penal Pública, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia.
2.- Que, por decreto exento N° 2.103, de 14 de junio de 2013, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se autorizó la circulación los días sábado en la tarde, domingo y festivos del vehículo de la Defensoría Penal Pública, asignado a la Región de Aysén, automóvil Station Wagon, marca Jeep, modelo Patriot 4x4 2.4 Automático, color blanco, año 2013, número de chasis 1C4NJRAB7DD189980, número de patente FDFR-30-5.
3.- Que, a través del oficio DN N° 282, de 4 de mayo de 2017, el Defensor Nacional de la Defensoría Penal Pública, informó que mediante la resolución exenta N° 169, de 13 de abril de 2017, de ese Servicio, ha sido dado de baja el vehículo indicado en el considerando segundo, por lo cual, solicita dejar sin efecto la autorización concedida mediante el decreto exento antes señalado.
Decreto:
Revócase autorización para circular los días sábado en la tarde, domingo y festivos, al vehículo de la Defensoría Penal Pública asignado a la Región de Aysén, automóvil Station Wagon, marca Jeep, modelo Patriot 4x4 2.4 Automático, color blanco, número de chasis 1C4NJRAB7DD189980, número de patente FDFR-30-5, año 2013.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Jaime Campos Quiroga, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.- Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Ministro del Interior y Seguridad Pública (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Nicolás Mena Letelier, Subsecretario de Justicia.




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