GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1443658 2018


(CVE 1443658)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia
AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA ALZAR SCHOOL, INC., PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS
Santiago, 2 de agosto de 2018.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.387 exento.
Vistos:
Estos antecedentes, y lo dispuesto en la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto supremo N° 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el artículo 34 del decreto supremo N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, que Aprueba Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones que indica; en el decreto supremo N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado, y Considerando:
1.- Que, con fecha 30 de octubre de 2017, las señoras María Jesús Pérez Matta y María del Pilar Hübner Guzmán, en representación de la entidad extranjera denominada Alzar School, Inc., han solicitado a este Ministerio que otorgue la correspondiente autorización para que dicha entidad pueda desarrollar actividades en el país.
2.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, en concordancia con el artículo 1°, párrafo I.3.2, del decreto supremo N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República, corresponde al titular de esta cartera ministerial suscribir el presente acto administrativo, bajo la fórmula antes señalada.
3.- Que, analizados los antecedentes acompañados por la entidad solicitante, se ha podido determinar que esta cumple con todos los requisitos prescritos por el mencionado decreto N° 110, de tal manera que resulta procedente conceder la autorización requerida.
4.- Que, además, el Consejo de Defensa del Estado, en su informe N° 241, de 9 de mayo de 2018, se pronunció favorablemente al otorgamiento de la autorización en comento, señalando, en lo pertinente, que ... no ve inconveniente en que se otorgue la autorización para desarrollar actividades en Chile solicitada para la entidad denominada ‘Alzar School Inc.‘.
Decreto:
1.- Autorízase a la entidad denominada Alzar School, Inc., con domicilio en el Estado de Idaho, Estados Unidos de América, cuyos antecedentes se encuentran debidamente apostillados por la Notario Público del Estado de Idaho, doña Judy Laing, con fechas 12 y 19 de octubre de 2017, bajo los Nros. 52758 y 52834, respectivamente, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.
2.- Déjese establecido que la entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes del Estado de Idaho, Estados Unidos de América, según consta en el certificado de fecha 19 de octubre de 2017, el cual fue emitido por el Secretario de Estado de la mencionada jurisdicción, don Lawerence Denney, apostillado luego por la Notario Público indicada en el numeral 1 que antecede y finalmente protocolizado en la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con fecha 7 de noviembre del mismo año, bajo el N° 328, repertorio N° 60.301-2017.
3.- Déjese constancia que el término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido, a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
4.- Fíjese como domicilio de la organización en Chile el ubicado en avenida Suecia N° 42, quinto piso, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago.
5.- Considérese que las representantes de la organización en Chile serán las señoras María del Pilar Hübner Guzmán y María Jesús Pérez Matta, ambas con domicilio en avenida Suecia N° 42, quinto piso, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, quienes en su carácter de mandatarias de la institución tendrán su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones en la forma en que se acredita en mandato otorgado en idioma español e inglés por don Sean Patrick Bierle, en representación de la entidad, con fecha 12 de octubre de 2017, instrumento debidamente apostillado bajo el N° 52758 y con idéntica fecha, por la Notario Público del Estado de Idaho que se individualizó con anterioridad.
6.- Las mandatarias de la entidad deberán poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente, aquellas relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo, el cambio de representante o cualquier alteración en sus facultades o cambio de su sede.
7.- Déjese constancia que la entidad deberá obtener la autorización del Gobierno para ampliar sus actividades, cuando estas excedan a las aludidas en el N° 1 del presente decreto, teniendo en cuenta que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución Política de la República, el gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la República, quien es el Jefe de Estado.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Juan José Ossa Santa Cruz, Subsecretario de Justicia.




VolverTamaño de Fuente