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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1447809 2018


(CVE 1447809)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia
AUTORÍZASE LA RENOVACIÓN SOLICITADA POR LA ENTIDAD DENOMINADA THE GEORGE WASHINGTON UNIVERSITY, PARA EFECTOS DE CONTINUAR DESARROLLANDO SUS ACTIVIDADES EN EL PAÍS
Santiago, 18 de julio de 2018.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.247 exento.
Vistos:
Estos antecedentes, y lo dispuesto en la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto supremo N° 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el artículo 34 del decreto supremo N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, que Aprueba Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones que Indica; en el decreto supremo N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado; y,
Considerando:
1.- Que, mediante decreto exento N° 711, de 22 de febrero de 2008, se autorizó a la entidad extranjera denominada The George Washington University, refrendada por el Congreso de los Estados Unidos de América, para que desarrolle actividades en Chile, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que estos se ajusten a las leyes chilenas, no contravengan las buenas costumbres y el orden público.
2.- Que, por medio de la presentación ingresada en la Sección Partes, Archivo y Transcripciones de esta secretaría de Estado, con fecha 31 de enero de 2018, don Juan Carlos Urquidi Fell, en representación de la entidad The George Washington University, ha solicitado que se renueve, por un plazo de dos años, la autorización de funcionamiento que el citado decreto N° 711 fijó en diez años.
3.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, en concordancia con el artículo 1°, párrafo I.3.2, del decreto supremo N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República, corresponde al titular de esta cartera ministerial suscribir el presente acto administrativo, bajo la fórmula antes señalada.
4.- Que, analizados los antecedentes acompañados por la entidad solicitante, se ha podido determinar que esta cumple con todos los requisitos prescritos por el mencionado decreto N°110, de tal manera que resulta procedente conceder la renovación requerida.
5.- Que, además, el Consejo de Defensa del Estado, en su informe N° 179, de 12 de abril de 2018, se pronunció favorablemente al otorgamiento de la renovación en comento, señalando, en lo pertinente, que examinados los antecedentes, a juicio de este Consejo, puede renovarse la autorización para desarrollar actividades en Chile y dictarse el decreto que autoriza a la entidad denominada The George Washington University para continuar desarrollando actividades en Chile..
Decreto:
1.- Autorízase la renovación por dos años a la entidad denominada The George Washington University, refrendada por el Congreso de los Estados Unidos de América, a fin de que de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, cuya versión en idioma inglés se encuentra certificada notarialmente en el Distrito de Columbia, Estados Unidos de América, con fecha 23 de enero de 2018, y debidamente apostillada con fecha 25 del mismo mes y año por la Secretaría del mencionado distrito, pueda desarrollar sus actividades en Chile por el plazo ya mencionado, a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial, siempre que se ajuste a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.
2.- Déjese establecido que la entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes del Distrito de Columbia, Estados Unidos de América, según consta en el certificado de fecha 20 de diciembre de 2017, rubricado por doña Patricia E. Grays, Superintendente de Corporación, División de Corporaciones, del Distrito de Columbia de los Estados Unidos de América, documento que se encuentra debidamente apostillado con fecha 25 de enero de 2018, por la Secretaría del mencionado distrito.
3.- Fíjese como domicilio de la organización en Chile el ubicado en Lo Fontecilla N° 201, oficina 224, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago.
4.- Considérese que el representante de la entidad en Chile será don Juan Carlos Urquidi Fell, con domicilio en Lo Fontecilla N° 201, oficina 224, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, quien en su carácter de mandatario de la institución tendrá su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones en la forma en que se acredita en mandato otorgado en idioma español e inglés por don Charles Barber, en representación de la entidad, con fecha 12 de marzo de 2018, instrumento debidamente apostillado con idéntica fecha, por la Secretaría del Distrito de Columbia de los Estados Unidos de América, y que en su cuarta cláusula revoca expresamente todo poder conferido con anterioridad a cualquier persona para representar a la organización.
5.- El mandatario de la mencionada entidad deberá poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente, aquellas relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo, el cambio de representante o cualquier alteración en sus facultades o cambio de su sede.
6.- Déjese constancia que la entidad deberá obtener la autorización del Gobierno para ampliar sus actividades, cuando estas excedan a las aludidas en el N° 1 del presente decreto, teniendo en cuenta que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución Política de la República, el gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la República, quien es el Jefe de Estado.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Juan José Ossa Santa Cruz, Subsecretario de Justicia.




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