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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-01-26 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2076868)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia

AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "FONDAZIONE CENTRO STUDI ENEL", PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Santiago, 19 de enero de 2022.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 175 exento.

Vistos:

Estos antecedentes, y lo dispuesto en la ley N° 19.880, establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de su ley orgánica; en el decreto N° 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que contiene su reglamento orgánico; en el artículo 34 del decreto N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, aprueba reglamento sobre concesión de personalidad jurídica a corporaciones y fundaciones que indica; en el decreto N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y lo consignado en el Informe N° 559, de 3 de septiembre de 2021, del Consejo de Defensa del Estado; y,

Considerando:

1.- Que, con fecha 19 de abril de 2021, se recibió en esta Secretaría de Estado la presentación de don Pedro Urzúa Frei, en representación de la entidad extranjera denominada "Fondazione Centro Studi Enel", solicitando se autorice formalmente a dicha organización para que desarrolle actividades en el país.

2.- Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del decreto N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, aprueba reglamento sobre concesión de personalidad jurídica a corporaciones y fundaciones que indica, en concordancia con el artículo 1°, párrafo I.3.2, del decreto N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República", corresponde al titular de esta cartera ministerial suscribir el presente acto administrativo, bajo la fórmula antes señalada.

3.- Que, analizados los antecedentes acompañados por la entidad solicitante, se ha podido determinar que cumple con todos los requisitos prescritos en el decreto N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, de tal manera que resulta procedente conceder la autorización requerida.

4.- Que, además, el Consejo de Defensa del Estado, en su Informe N° 559, de 3 de septiembre de 2021, señaló, en lo pertinente, que "Este Consejo, no ve inconveniente en que se otorgue la autorización para desarrollar actividades en Chile solicitada para la entidad denominada Fondazione Centro Studi Enel".

Decreto:

1.- Autorízase a la entidad denominada "Fondazione Centro Studi Enel", con domicilio en Roma, República Italiana, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo con los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que estos se ajusten a las leyes chilenas y no contravengan las buenas costumbres y el orden público.

2.- Déjase establecido que la entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme con las leyes de la República Italiana, según da cuenta el certificado extendido en idioma italiano por la Oficina de Registro de Persona Jurídica, Oficina Territorial de Gobierno, Intendencia de Roma, con fecha 22 de febrero de 2021, apostillado luego con el N° 1707/2021, de 1 de marzo del mismo año, posteriormente traducido al español -junto con la mencionada apostilla- por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Chile, con fecha 14 de abril de 2021 y, finalmente, protocolizado ante el notario público interino de la Décima Cuarta Notaría de Santiago, don Jorge Andrés Osorio Rojas, con idéntica fecha que la traducción, bajo el N° 65, repertorio N° 847-2021.

3.- Déjase constancia que el término durante el cual la entidad desarrollará sus actividades en el país será indefinido, a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

4.- Fíjase como domicilio de la organización en Chile el ubicado en Santa Rosa N° 76, piso 17, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.

5.- Téngase presente que el representante de la entidad en Chile serán don Pedro Urzúa Frei, cédula nacional de identidad N° 11.625.161-2, con domicilio en Santa Rosa N° 76, piso 17, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, quien actuando en su carácter de mandatario de la institución tendrá su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones, en la forma que lo acredita el poder otorgado en idioma español e italiano por don Carlo Papa, en representación de la entidad, con fecha 4 de marzo de 2021, ante el notario de Roma, don Nicola Atlante, documento debidamente apostillado con el N° 899/1, de 5 del mismo mes y año.

6.- El mandatario de la mencionada entidad deberá poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente, aquellas relacionadas con sus actividades en el país, así como también el cambio de representante o cualquier alteración en sus facultades o cambio de su sede.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Mónica Naranjo L., Subsecretaria de Justicia (S).






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