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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-02-10 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2084084)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia

AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "PRO HELVETIA SCHWEIZER KULTURSTIFTUNG" (O "PRO HELVETIA FUNDACIÓN SUIZA POR LA CULTURA", SU NOMBRE EN ESPAÑOL), PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Santiago, 31 de enero de 2022.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 275 exento.

Vistos:

Estos antecedentes, y lo dispuesto en la ley Nº 19.880, establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de su ley orgánica; en el decreto Nº 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que contiene su reglamento orgánico; en el artículo 34 del decreto Nº 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, aprueba reglamento sobre concesión de personalidad jurídica a corporaciones y fundaciones que indica; en el decreto Nº 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y lo consignado en el informe Nº 560, de 3 de septiembre de 2021, del Consejo de Defensa del Estado; y

Considerando:

1.- Que, con fecha 7 de mayo de 2021, se recibió en esta Secretaría de Estado la presentación de doña María Angélica Vial Solar, en representación de la entidad extranjera denominada "Pro Helvetia Schweizer Kulturstiftung" (o "Pro Helvetia Fundación Suiza por la Cultura", su nombre en español), solicitando se autorice formalmente a dicha organización para que desarrolle actividades en el país.

2.- Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del decreto Nº 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, aprueba reglamento sobre concesión de personalidad jurídica a corporaciones y fundaciones que indica, en concordancia con el artículo 1º, párrafo 1.3.2, del decreto Nº 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República", corresponde al titular de esta cartera ministerial suscribir el presente acto administrativo, bajo la fórmula antes señalada.

3.- Que, analizados los antecedentes acompañados por la entidad solicitante, se ha podido determinar que cumple con todos los requisitos prescritos en el decreto Nº 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, de tal manera que resulta procedente conceder la autorización requerida.

4.- Que, además, el Consejo de Defensa del Estado, en su informe Nº 560, de 3 de septiembre de 2021, señaló, en lo pertinente, que "Este Consejo, no ve inconveniente en que se otorgue la autorización para desarrollar actividades en Chile solicitada para la entidad denominada 'Pro Helvetia Schweizer Kulturstiftung' ".

Decreto:

1.- Autorízase a la entidad denominada ''Pro Helvetia Schweizer Kulturstiftung" (o "Pro Helvetia Fundación Suiza por la Cultura", su nombre en español), con domicilio en Zurich,

Confederación Suiza, para que desarrolle actividades en el pais, de acuerdo con los objetivos señalados en su estatuto, siempre que aquellos se ajusten a las leyes chilenas y no contravengan las buenas costumbres y el orden público.

2.- Déjase establecido que la entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme con las leyes de la Confederación Suiza, según da cuenta el certificado extendido en idioma alemán por el Departamento Federal del Interior, en calidad de autoridad de control, con fecha 14 de enero de 2021, y traducido al español por traductor competente, según lo expresa la declaración de 28 del mismo mes y año. La legalización correspondiente se realizó mediante apostilla Nº 194455, de 29 de enero de 2021, y la protocolización ante la notaria pública de la Décima Octava Notaría de Santiago, doña María Pilar Gutiérrez Rivera, con fecha 28 de abril de 2021, bajo el repertorio Nº 10.046/2021.

3.- Déjase constancia que el término durante el cual la entidad desarrollará sus actividades en el país será indefinido, a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

4.- Fíjase como domicilio de la organización en Chile el ubicado en La Capitanía Nº 80, oficina 108, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago.

5.- Téngase presente que la representante de la entidad en Chile será doña María Angélica Vial Solar, cédula nacional de identidad Nº 13.434.194-7, con domicilio en La Capitanía Nº 80, oficina 108, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, quien actuando en su carácter de mandataria de la institución tendrá su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones, en la forma que lo acredita el poder otorgado en idioma español e inglés por don Philipp Marius Bischof, en representación de la entidad, con fecha 22 de marzo de 2021, ante el notario público de Zurich, don Philip Wohlgemuth, documento debidamente apostillado bajo el Nº 1209043/2021, de idéntica fecha, y protocolizado ante la notaria pública de la Décima Octava Notaría de Santiago, doña María Pilar Gutiérrez Rivera, con fecha 28 de abril del mismo año, bajo el repertorio Nº 10.045/2021.

6.- La mandataria de la mencionada entidad deberá poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente aquellas relacionadas con sus actividades en el país, así como también el cambio de representante o cualquier alteración en sus facultades o cambio de su sede.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Sebastián Valenzuela Agüero, Ministro de Justicia y Derechos Humanos (S).

Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Ma. Loreto González Lazo, Subsecretaria de Justicia (S).






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