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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2006


EXTRACTO
Pablo Alberto González Caamaño, Notario Público, Titular 9ª Notaría Santiago, certifica: Por escritura de 4 de mayo 2005, ante Interino 9ª Notaría Aníbal Opazo Callis, señores René González Garrido, Lautaro Vargas Rodríguez, Juan Barrera Barrera, Manuel Devia Guerra, José Pardo Orellana, César González Galmes, Luis Avila Hidalgo, Arturo Kuhnow Urrejola, Edwin Jofré Araya, Pablo Sepúlveda Gómez, Samuel Rojas Valenzuela, Julio Galmes Cornejo, Eulogia Gamonal Lezana, Marcela Fuentealba Díaz, Fresia Rodríguez Moreno, Ricardo Valdés Poblete, Bernardita Morales Flores, Flor Cabezas Orellana, Rosa Lucero Núñez, Sara Galmes Cornejo, Juan Cordero Rodríguez, Alejandro Mora Solís, Francisco Valdés Muñoz, Juan Retamal Gamonal, Sergio Parra Muñoz, Ingrid Sala Tapia, Ruth Ramírez Villegas, Elizabeth Valenzuela Segovia, Elizabeth Palma Vera, Sandra Retamal Gamonal, Mario Yánez Sáez, Daniel Placencia Valdenegro, Cristián Catalán Santander, Delia Castillo Hidalgo, Alfonso Retamal Gamonal y Ricardo Pereira Becerra constituyeron estatutos Iglesia Visión Internacional Apostólica. Domicilio: Calle 6 Norte N° 1684, Talca. Registrada 16 de mayo de 2005, bajo número 00962, Registro Público de Entidades Religiosas de Derecho Público. Elementos Esenciales: Creemos que: a) Dios creó los cielos y la tierra, al hombre a su imagen y semejanza, y todo ser; b) El hombre al pecar en el huerto del Edén se encuentra destituido de la gloria de Dios; c) Dios envió a su hijo unigénito para todo aquel que en El crea alcance salvación y vida eterna; d) Jesucristo es cabeza de la Iglesia, Salvador, Redentor y Señor, único intercesor entre Dios y los hombres, resucitó de los muertos y ascendió al cielo, vendrá a buscar su iglesia y los que han creído en El, y juzgará al mundo; e) El Espíritu Santo forma parte de la trinidad, procede del Padre y del Hijo, que es verdadero y eterno, omnisciente, consuela, enseña y santifica; f) Trinidad: Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo. El Padre como Creador, Preservador y Gobernador del Universo; el Hijo como revelador de la Divinidad y Redentor, y el Espíritu Santo como el que santifica y habita interiormente; g) La Iglesia Universal compuesta por creyentes en Cristo Jesús; h) La existencia de demonios, que provocan mal a los hombres, y luchan contra la obra de Dios, el castigo final de impíos, y un lugar de tormentos donde serán arrojados espíritus de demonios e incrédulos; i) El Cielo lugar de gozo y perfección, de bienaventuranza para fieles, donde habrá gozo y felicidad; j) En inspiración divina de las Sagradas Escrituras, la Biblia, Palabra de Dios, contiene todo para alcanzar salvación; k) Todos hemos pecado y destituidos de la gloria de Dios, el único medio para alcanzar salvación son por méritos, muerte y sangre de Jesucristo; l) El Espíritu Santo como gracia y promesa para los creyentes en él; m) Hablar en lenguas, visiones, profetizar, sanar, o cualquier manifestación conforme a la palabra de Dios, son evidencia bautismo del Espíritu Santo; n) Las sanidades divinas obradas por Dios; o) La Santa Cena; p) La Segunda venida de Cristo; q) La resurrección para vida eterna a salvados, y eterno castigo a los perdidos, y r) El bautismo del agua por inmersión como manifestación de fe interna. Fines: Proporcionar a cristianos medios necesarios para practicar culto de su creencia; organizar la congregación cristiana; promover sentido de vida cristiano y propender al desarrollo de sus miembros. Organos de administración: Asamblea General: Compuesta por Obispo, Pastores Presbíteros, Pastores ordenados y obreros, organismo máximo, sus acuerdos obligan a todos los miembros. Directorio: 7 miembros. Presidente representará judicial y extrajudicialmente a Iglesia. Atribuciones: Dirige Iglesia, administra los bienes, cita Asambleas Generales, cumple acuerdos asambleas, separa a miembros difamaren o causaren perjuicios a la institución, dicta normas, interpreta estatutos. Comisión Supervisora: 4 miembros, conoce denuncias contra miembros y aplica sanciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 1 diciembre 2005.




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