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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2006


Entidades Religiosas de Derecho Público
IGLESIA CARISMATICA PALABRA Y PODER
EXTRACTO ACTA DE CONSTITUCION
Nombre: Iglesia Carismática Palabra y Poder. Domicilio Principal, Chile Chico N° 2338 comuna de Puerto Varas. Registro N° 010380 de fecha 18 de agosto del 2005 Constituyentes: 1.- Edgardo Pincheira González, Débora Fernández Guzmán, Sandra Santana Hernández, Héctor Barría Alvarez, Felisa Guzmán Alvarez, Yasmín Larenas González, Erio Fernández Pérez, José Huenchullanca Santana, Maritza Fernández Fernández, María Gutiérrez Pinto; Elementos Esenciales Fundamentos y Principios: 1.- Cree en un solo Dios Trino en esencia y en existencia, Padre, Hijo y Espíritu Santo; que es Omnipotente, Omnipresente y Todopoderoso, Creador y Conservador de la vida. 2.- Cree en Jesucristo, Hijo de Dios y salvador de la humanidad, a través de su sacrificio en la Cruz, por los pecados de todos. 3.- Cree en el Espíritu Santo, la Tercera Persona de la Trinidad, enviado por Dios a la tierra, para actuar a favor de sus hijos. 4.- Cree en la Santa Biblia, como Palabra inspirada por Dios que contiene el plan de salvación para la humanidad. 5.- Cree y reconoce como sacramentos básicos el Bautismo en Agua y en la Santa Cena o la Cena del Señor. 6.- Cree y acepta, el plan de la Justificación por la fe, para perdón de los pecados y en el proceso de Santificación en los hijos de Dios, para llegar a ser santos y ver a Dios en la Tierra Nueva. 7.- Cree y espera el arrebatamiento de la Iglesia, y en la segunda venida de Cristo a la tierra, con poder y gloria a buscar a sus seguidores que le esperan. 8.- Cree en el Gobierno Civil establecido por Dios en todas las Naciones. 9.- Cree en la acción de gracia mediante primicias, diezmos y ofrendas. Por tanto, la práctica de la Fe y el Culto, será realizada en reuniones de carácter religioso, donde el hacer discípulos y predicar el Evangelio, como a su vez enunciar, comunicar y difundir de palabra, por escrito o por cualquier medio, nuestro Credo y Doctrina Bíblica serán acciones permanentes. Organos de Administración y Atribuciones: La estructura Jerárquica de la Iglesia, estará determinada de la siguiente manera y en concordancia con el artículo 7° de la ley N° 19.638. a) Asamblea de Miembros; b) Pastor Presidente; c) Consejo de Pastores; d) Consejo de Ancianos. Ministerios. Existirán al interior de la Iglesia tres Cuerpos Colegiados, siendo estos: la Asamblea de Miembros, Consejo de Pastores y el Consejo de Ancianos, de este último surgirá la autoridad máxima de la Iglesia que se denominará Pastor Presidente. También existirán Pastores, Maestros, Pastores Evangelistas, Obreros Probados, y Encargados, los cuales ejercerán sus Ministerios con dependencia directa de la máxima autoridad de la Iglesia, pero ungidos y bendecidos por el Consejo de Ancianos, y en directa sujeción de la Palabra y las directrices del Espíritu Santo. El Pastor Presidente, ungido por el Consejo de Ancianos, como autoridad máxima en lo Eclesiástico, representará además judicial y extrajudicialmente a la Iglesia y tendrá la tuición directa sobre la Corporación o Fundaciones que desee sustentar la Iglesia, pudiendo ejercer el derecho a veto fundado en virtud de los principios Teológicos, sin tuición sobre los recursos que la Corporación o Fundación reciba de terceros y que deba rendir cuenta, ya sean públicas o privadas pudiendo ejercer un rol de co-supervisor de las entidades mencionadas. Las demás atribuciones, y facultades, se encuentran en estatutos redúcidos a escritura pública y legislación vigente. Fecha de la Escritura Pública: Acta de Constitución y Estatutos reducida a escritura pública con fecha 7 de julio del año 2004. Ante mí Ricardo Fontecilla Gallardo Notario Público de Puerto Varas con oficio en Llanquihue, con domicilio en Vicente Pérez Rosales N° 213. Llanquihue, 21 de enero de 2006.




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