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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2006


EXTRACTO
Gabriel Ogalde Rodríguez, Notaría N° 3 Alameda 3427, certifica que el 29 del 11 de 2005, se redujo a escritura pública acta de constitución y estatutos Iglesia Cristiana Templo de Gloria, constituyentes: Rosendo Roa Vera, Leonardo Alvarez Bascuñán, Juan Roa Alarcón, Rubén Roa Alarcón, Carmen Cervantes Collao, Betsabé Roa Alarcón, Lilian Roa Alarcón, Andrea Valenzuela Guerrero, José Barrientos Márquez, Silvia Vergara Bernal, Pilar Roa Alarcón, Emerson Calderón Peña, Manuel Benavides Elgueta, Iván Manríquez Vera, representante legal Rosendo Roa Vera, domicilio Juan Navarro 7173 Santa Victoria, Cerro Navia, Santiago, Región Metropolitana, Iglesia Cristiana Templo de Gloria, domicilio Juan Navarro 7173 Santa Victoria, Cerro Navia, Santiago, Región Metropolitana. Principios: a) Existe un Dios Padre Supremo, creador del cielo y la tierra y de quienes los habitan. b) La palabra de Dios es libro sagrado que fue inspirado por Dios para fe y salvación de la humanidad. c) La Trinidad es Dios Padre Creador, Hijo Redentor y Espíritu Santo Consolador. d) El bautismo de inmersión es testimonio público para el creyente. e) La Santa Cena es la comunión de los fieles y recordatorio de la vida de Jesús en la Tierra. f) Creencia en la presentación de niños y el matrimonio entre un hombre y una mujer. La Iglesia conciente con los principios que la sustentan será eminentemente espiritual de duración indefinida. Demás acuerdo escritura extractada.




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