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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2006


EXTRACTO
Acta de constitución y aprobación estatutos persona jurídica de derecho público "Agrupación Misionera de Iglesias Pentecostales". Modificación de Estatutos. 1. Constitución. En Osorno, República de Chile, a tres de mayo del dos mil cuatro, se efectuó la asamblea constitutiva de la entidad religiosa de derecho público Agrupación Misionera de Iglesias Pentecostales. 2. Domicilio. El domicilio principal de la entidad es calle Caldera N° 55, población Nueva Esperanza, comuna de Osorno. 3. Registro. El 14 de septiembre de 2004, el Ministro de Justicia asignó a la Agrupación Misionera de Iglesias Pentecostales en Chile el N° 788 del Registro Público de Iglesias, confesiones e instituciones religiosas. 4. Constituyentes. Asistieron a la asamblea constitutiva y firmaron al final del acta respectiva, en señal de aprobación, las siguientes personas: Sergio Eduardo Maldonado Riquelme, CNI 7.349.157-6; Julia Elena Alvarado Saldía, CNI 9.636.183-1; Mario Arturo Ojeda Alvarado, CNI 9.284.486-2; José Alejandro Higuiera Catrilef, CNI 10.887.409-0; Mirson Enrique Jiménez Valverde, CNI 12.712.387-K; Sergio Díaz Rivas, CNI 6.169.960-0; Melania Paicil Paicil, CNI 7.676.306-2; Isabel del Carmen Díaz Paicil, CNI 12.753.530-2; Celsa Vega Valenzuela, CNI 5.844.160-0; Olga Vega Valenzuela, CNI 5.061.066-7. 5. Elementos esenciales, fundamento y principios. Son principios o artículos de fe de la Agrupación Misionera de Iglesias Pentecostales los siguientes. A. La Santa Biblia, a saber, el Antiguo Testamento y el Nuevo Testamento, es plena, verbal e infalible inspirada por Dios, y es la única regla de fe y conducta de todo miembro de la iglesia de Cristo. B. Creemos en un único y Verdadero Dios revelado en tres personas, El Padre El Hijo y el Espíritu Santo; C. Creemos que el Hombre fue creado a la imagen y semejanza de Dios pero voluntariamente pecó haciéndose merecedor de la muerte física y espiritual; D. Creemos que la Salvación es por Gracia, y por la fe en Jesucristo; E. Creemos que el Bautismo en Aguas es por inmersión y obedece a un mandato que debe cumplir quien se haya arrepentido de sus pecados y creído en Jesucristo; F. Creemos en el Bautismo en el Espíritu Santo con la evidencia de hablar en otras lenguas como señal de dicho bautismo; G. Creemos en la manifestación de los dones del Espíritu Santo en la Iglesia; H. Creemos que el Señor Jesús nos ordenó participar en la Cena del Señor como una conmemoración de su muerte y resurrección; I. Creemos que es la voluntad de Dios la entera santificación de todos los creyentes; J. Creemos que la Iglesia es el Cuerpo de Cristo; K. Creemos que es Dios quien llama soberanamente al Ministerio y éste se expresa por medio del apóstol, pastor, evangelista y el maestro; L. Creemos en la Sanidad Divina como un privilegio del creyente obtenido por medio del sacrificio de nuestro Señor Jesucristo; M. Creemos en la Segunda Venida de nuestro Señor Jesucristo; N. Creemos que Jesucristo después de la Gran Tribulación establecerá un reinado de mil años; O. Creemos que después del milenio todos los que estén separados de Dios serán echados al Lago de Fuego; P.- Creemos que al final de los tiempos Dios creará un Cielo Nuevo y una Nueva Tierra; Q. Creemos en el matrimonio como institución establecida por Dios y desaprobamos el Divorcio; R. Creemos que está absolutamente prohibido por Dios casar a parejas del mismo sexo; S. Creemos que es la voluntad de Dios que el creyente separe el diez por ciento de sus ingresos y lo traiga al alfolí; T. Creemos que tenemos un compromiso con la obra misionera el cual cumplimos al entregar mensualmente nuestra ofrenda misionera. 6. Organos administración, atribuciones y número de miembros que los componen: Son autoridades de la Agrupación Misionera de Iglesias Pentecostales: A. El Consejo Directivo. Al Consejo Directivo le corresponde la administración y dirección superior de la iglesia, en conformidad a los estatutos. El Directorio está constituido por seis y sus atribuciones y deberes del Consejo Directivo: a) Conocer y resolver todos los negocios que requieran una pronta solución; b) Supervisar el correcto funcionamiento de los Institutos Bíblicos y calificar la aptitud de los postulantes al Ministerio; c) Resolver o aplicar las medidas disciplinarias de cualquier miembro de la entidad; d) Convertirse en una instancia de apelación o de reconsideración de las sanciones aplicadas a Ministros o Congregaciones; e) Aceptar donaciones y resolver acerca de colocaciones o inversiones de fondos; f) Celebrar cualquier acto o contrato conveniente o necesario para los fines de la entidad; g) Acordar constituir corporaciones y fundaciones en conformidad a la ley 19.638. B. Las Asambleas Generales. Es la reunión de todos miembros de la Agrupación Misionera de Iglesias Pentecostales que tengan la calidad de Ministros Ordenados o Licenciados. Sus atribuciones son tratar el conocimiento de todo negocio colectivo y su resolución corresponderá a la entidad. 7. Escrituras públicas actas de constitución y modificación de estatutos. El acta de constitución de la "Agrupación Misionera de Iglesias Pentecostales", fue reducida a escritura pública, otorgada ante el Notario de Temuco, don Jorge Tadres Hales, el día 14 de mayo del 2004. El abogado don Yusef Hales Hott, debidamente facultado, otorgó ante el mismo Notario antes mencionado, escritura pública de modificación de estatutos de la entidad, conforme a las observaciones formuladas por el Ministerio de Justicia. Autoriza el extracto don Jorge Tadres Hales, Notario Público de Temuco, domiciliado en calle Antonio Varas 976. Temuco, 16 de mayo de 2006.




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