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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2006


Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
Mario Patricio Aburto Contardo, Notario Público Concepción, oficio Colo Colo 304 certifica: Por escritura pública de 8 de septiembre de 2004 ante mí, se constituyó entidad religiosa de derecho público conforme Ley 19.638, cuyo extracto es: Nombre: Iglesia Evangélica Ministerio Pentecostal Misionero; Domicilio: Octava Región, sin perjuicio otros puntos del país y extranjero; inscrito en Registro Público número 00980, de 27 de mayo 2005; constituyentes: Jaime Patricio Martínez Cárdenas, María Elizabeth Reyes Reyes, Luis Carlos Pantoja Rivera, Inés Marlene Liempi Miranda, Gabriel Alejandro Avila Reyes, Jessica Margot Arias Liempi, Erwin Gabriel Díaz Utreras, Mayoni del Carmen Contreras Campos, Luz Dina Palacios Lagos, Genaro Alberto Navarrete Cortés, Teresa Jesús Burgoa Flores, Patricio Marcelo Aqueveque Carriel, Luz María Arroyo Silva, Bernardita María del Carmen Córdoba Sandoval, Claudia Jaquelin Luque Ortega, Jaime Enrique Parra Yévenes, Edison Segundo Avila Reyes, Yonathan Alexis Contreras Liempi, José Hernán Arriagada Llancapil, José Benedicto Arriagada Palacio, Julia Ivonne Salas Córdova, Rosa Elena Salas Córdova, Claudia Vanesa Pavez Alarcón, Cecilia del Carmen Salas Córdova, Gisela Glenda Salas Córdova, Luis Enrique Díaz Bahamondez, Hugo Humberto Díaz Navarrete, Rosa Elena Salas Campos, Gabriel Alejandro Avila Reyes, Sebastián Segundo Castro Reyes; Elementos esenciales, fundamentos y principios: Propender a la extensión del reino de Dios con las enseñanzas de Jesucristo establecidas en los Santos Evangelios y los Libros Apostólicos del Nuevo Testamento y toda la Santa Biblia. Predicar el Evangelio de Dios y lograr la regeneración de sus almas. Enseñar las virtudes de Jesucristo a toda persona para llevarla al conocimiento de la palabra de Dios. Predicar la fraternidad, el amor, la paz y la armonía entre los miembros de la Iglesia y la sociedad. Mantener vinculaciones con organismos similares del país y del extranjero. La Iglesia podrá establecer templos, institutos bíblicos, escuelas, libreras, editoriales, imprentas, colegios de enseñanza prebásica, básica y media, técnico profesional o universitarias, radioemisoras, canales de televisión, en general todo aquello que tienda a cumplir el objetivo de los fines de la Iglesia. Organos de administración, atribuciones y número de miembros: La dirección superior de la Iglesia corresponde a un Directorio formado por un Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero y Protesorero, siendo la máxima autoridad. El Presidente tiene la representación judicial y extrajudicial de la Iglesia. Habrá asambleas ordinarias y extraordinarias. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Concepción, 07 de junio de 2006.




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