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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2006


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
Eduardo de Rodt Espinosa, Notario Público, Brasil N°850 oficina 105, Rancagua, certifica: por escritura pública ante mí de 6 de septiembre de 2005, repertorio N° 2379-05, don Gabriel Matías Tello Cardone, abogado, debidamente facultado, redujo a escritura pública acta y estatutos de iglesia conforme con Ley N° 19.638 y decreto supremo Justicia 303/2000. Nombre: "Congregación Evangélica La Voz del Triunfo Pentecostal". Fecha y número de registro: Se encuentra inscrita en el Registro Público con el número 01086, de fecha 27 de octubre de 2005. Representante legal: Sergio Antonio Rondón Campos. Domicilio principal: Calle Manuel Montt N°232, Población Salvador Allende, comuna de Machalí, Sexta Región. Nombre de los constituyentes: Sergio Antonio Rondón Campos, Isaías Emanuel Rondón Moya, Ramón Angel Bravo Machuca, Efraín Zacarías Rondón Moya, Benjamín E. Valenzuela Vallejos, Ema del Carmen Moya Ibarra, Oreana de las Mercedes Zúñiga Lizana, Laura Rondón Moya, Eliana Espinoza Bustos, Arcadio García Reyes, Miguelina Urrutia Venegas, María T. Pérez Miranda, María I. Navarro Valenzuela, Gloria Rondón Moya, Pedro Brito Montecinos, Juan R. Liberona Aránguiz, José G. González Espinoza, Mirta Duarte Campos, Sergio Rondón Moya, Josefina Torres Lagos, Luzmenia Machuca González, Juan A. Ocampos Olivera, María C. Rondón Moya, Verónica Rondón Moya, Tomás Padilla Ubilla, Rita Rondón Moya, Daniel Vásquez Soto, María E. Sandoval Soto, Fabián Rondón Moya, Claudia Rondón Moya, Yeny Pérez Rodríguez, Ricardo Suárez Hernández, Anita Reyes Llanca. Objetivo: Predicar y difundir el Reino de Dios a las personas, para que éstas lleguen a ser creyentes y discípulos verdaderos de Jesucristo. Elementos esenciales: Difundir sus principios mediante prédicas, charlas, conferencias, folletos, revistas, libros, tratados, radio, televisión y cualquier otro medio audiovisual; levantar, mantener y administrar templos y lugares destinados al culto y a labores asistenciales tales como casas de desamparados y centros de ayuda social; realizar campañas de salvación, sanidad divina; realizar seminarios para la formación de líderes y ministros; realizar eventos y demás actividades religiosas; visitar cárceles, hospitales, asilos y hogares de menores y de ancianos y llevarles consuelo; guía espiritual y ayuda material; colaborar con las autoridades públicas y privadas en campañas de bien social y cultural; crear, mantener y administrar establecimientos educacionales, ya sea de enseñanza básica, media, técnico profesional, universitaria, institutos teológicos, policlínicos, hospitales, talleres de capacitación y recintos deportivos, debiendo contar en todo caso con el permiso de la autoridad competente y sujetarse a las disposiciones legales vigentes; asociarse transitoriamente con otras corporaciones nacionales o extranjeras que persigan fines análogos a los de ella. Organos esenciales de administración: 1) Asamblea general anual, primera autoridad de la entidad religiosa, 2) Directorio, administra y dirige entidad religiosa y vela por cumplimiento de estatutos y acuerdos de asambleas, formado por cinco miembros. Presidente Directorio lo será también de la entidad.- Rancagua, 20 de julio de 2006.




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