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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2007


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
José Gerardo Bambach Echazarreta, Notario Público Concepción, O’Higgins 806, certifico: Por escritura 23/08/2006, ante mí, se constituyó entidad religiosa Iglesia de Cristo Altar de Dios, domiciliada Talcahuano, Población Esmeralda, calle Poniente Uno 1171, Registro Público Entidad Religiosa 01267 de 07/09/2006. Constituyentes: Patricio Matamala Saavedra, Susana Matamala Saavedra, Sonia Angélica Inostroza Seguel, Yanette Marlene Matamala Saavedra, Inesman Bind Matamala Saavedra, María Elena Saavedra Quilodrán, Katherine M. Chávez M., Mónica M. Matamala S., Paola Chávez Matamala, Paulina Nicole Matamala Rivas, Cherie Rivas Rodríguez. Doctrina fundamental: Predicación del Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo y promoción de buenas costumbres y prácticas ajustadas a la moral cristiana, contenidas en la Santa Biblia. Estrechar entre sus miembros los vínculos de compañerismo, solidaridad y amor cristiano, superación personal y reinserción de personas en la sociedad. Organizar servicios religiosos y de ayuda comunitaria, con sentido cristiano, sin distinción de raza o condición social, obtener ayuda para los miembros más necesitados. Llevar a la práctica la auténtica caridad cristiana. Fundar instituciones filiales en distintas ciudades del país y crear delegaciones a fin de afianzar y cumplir fines. La expansión evangelística por medios de difusión masiva, escrita, hablada y televisada, que la ley permita. Entregar asistencia religiosa a sus miembros en donde se encuentran, cárceles, lugares de detención, en establecimientos Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad. Recibir e impartir enseñanza, información religiosa por cualquier medio, y promover el sentido del perdón, restauración y salvación de Dios, ofrecidos a todos los seres humanos. Será administrada por Directorio de 6 miembros que son: Presidente, ocupado por pastor, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y 2 Directores, tendrá representación judicial y extrajudicial de la entidad con más amplias facultades indicadas en la escritura. Duración: indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción 2 febrero 2007.




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