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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2007


EXTRACTO ACTA DE CONSTITUCION IGLESIA
PENTECOSTAL LA FUTURA GLORIA DE SION
Hernán Rodrigo Guzmán Iturra, abogado, Notario Público Titular de la 24ª Notaría de Santiago, con oficio en Av. Esquina Blanca 0211, Maipú, certifico: Con fecha 26 de septiembre de 2005, ante el Notario Público de Maipú don Manuel Cammas Montes, se redujo a escritura pública el Acta de Constitución de la entidad religiosa Iglesia Pentecostal la Futura Gloria de Sión, la que extracto así: Nombre.- Iglesia Pentecostal la Futura Gloria de Sión. Domicilio.- Pasaje Apolo 12, block 1.370, departamento N°37, comuna de Maipú, Región Metropolitana. Personalidad jurídica de derecho público.- Inscrita en Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el N°01077 de 4 de octubre de 2005. Constituyentes.- Patricia del Rosario Torres Salinas; Carlos Patricio Araya Torres; Priscilla Candy Araya Torres; María Magdalena Riveros Greens; José Salomón Aleu Monasterio; Jeannette Elena Saldías Gutiérrez; Genaro Faúndez Rodríguez; Alejandro Faúndez Ferrada; Raquel Ester Vidal Pino; María Soledad Pino Venegas; Rosa Magali Astudillo Cornejo; Sergio Dagoberto Astudillo Escobar; Teresa Rodelinda Leyton Castañeda; Ruth Elizabeth Díaz Santis; Angel Custodio Orellana Silva; Rafael Antonio González Letelier; Marcelino Praihuan; Pedro González; Juan Carlos González; Iris Berríos Espinoza; Irene Muñoz; Joel Arce Tapia; Luis Espinoza Bravo; Lavinia Castro Sepúlveda; Isolde Herrada; Carlos Darío Gutiérrez Castillo; Juan Guillermo Castañeda Castañeda; Jesús Antonio Araya Torres; Rosa Fuentes Correa; Carlos Alberto Moreno Astudillo.- Principios y Doctrina.- El estudio, enseñanza y divulgación de la doctrina de Cristo. Existe un Dios Padre Supremo, creador del cielo y la tierra y de quien la habita. La palabra de Dios es el libro sagrado inspirado por Dios mismo para la fe y salvación de la humanidad. La Trinidad es el Padre Dios Creador, el Hijo Redentor y el Espíritu Santo Consolador. Creemos en la institución de la Santa Cena como símbolo recordatorio de la muerte expiatoria, resurrección y venida del Señor Jesucristo. La Iglesia propenderá a extender su acción a otras regiones y territorios para proclamar el Evangelio. Entre sus fines se incluye el Bautismo por inmersión; la presentación de los niños para su bendición; el matrimonio indisoluble y vitalicio, exclusivamente heterosexual, en ceremonia de casamiento dirigida por el ministro representante de la Iglesia; la donación de órganos y las transfusiones de sangre son actos libres y voluntarios de cada individuo; la Iglesia es apolítica, sin perjuicio de promover el cumplimiento de las obligaciones ciudadanas y de la expresión libre de cada ciudadano; promoverá la capacitación intelectual, espiritual y moral de sus miembros; si bien la acción de la Iglesia está dirigida a asuntos morales y espirituales, velará por el bienestar de sus miembros debiendo asistirlos en caso de necesidad, indigencia, cesantía u otros. Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero. Primer Director y Segundo Director. Atribuciones Directorio.- Dirigir la iglesia y administrar sus bienes; adquirir a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles para atender los fines de la Iglesia; acordar gastos e invertir fondos de la Iglesia; tomar dinero en préstamo; enajenar, gravar o hipotecar los bienes de la Iglesia; celebrar toda clase de actos o contratos; proveer vacantes en cargos de Director por tiempo que faltare a Director reemplazado; aceptar por unanimidad la incorporación de nuevos miembros.- Maipú, 11 de abril de 2007.




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