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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2007


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
Raúl Iván Perry Pefaur, Notario Santiago, Ahumada 312, of. 236, certifica: con fecha 2 enero 2007, ante mí, se redujo a escritura pública acta de constitución y estatutos, de fecha 6 noviembre 2006, de la entidad religiosa Iglesia Evangélica Pentecostal Toesca. Domicilio principal: calle Toesca N° 2474, comuna de Santiago Centro, Santiago, Región Metropolitana. Inscrita en Registro Público bajo N° 01342, de 11 de enero de 2007. Constituyentes: Juan Pío Sobarzo Henríquez, Irma Aurora Pérez Fuentealba, Juan Segundo Sobarzo Pérez, Marta Erika Vilches Micheelsen, Santiago Muller Martínez, Sonia Mónica Sobarzo Pérez, Gladys Iris Sobarzo Pérez, José Roberto Bobadilla Sobarzo, Juan Luis Quijano Soto, Rodhe Ester Santis Hermosilla, Patricio Enrique Espínola Oteíza, Trinidad de las Nieves López Palma, Eduardo Lagos Riveros, Andrés Alejandro Lagos Vicencio, Carolina Avilés Osorio, Manuel Jesús Vilches Corvalán y Lisette Paola Muller Sobar-zo. Elementos esenciales: predicar y difundir la palabra del Señor Jesucristo, conforme a las Sagradas Escrituras, aceptándose en su totalidad como la Divina Inspiración de Dios para la salvación del ser humano y realizar obras de ayuda espiritual y material, de preferencia en favor de los más necesitados. También la organización religiosa persigue como objetivos la educación, capacitación y perfeccionamiento del ser humano, de acuerdo a los valores evangélicos, para que éste alcance su plena realización. Los fundamentos y principios en que se sustenta la Fe que la entidad religiosa profesa, se encuentran en: 1) Las Sagradas Escrituras. Creemos que las Sagradas Escrituras, Antiguo y Nuevo Testamento, son inspiradas por Dios, Segunda Timoteo, tres dieciséis, sin error, dignas de toda confianza y constituyen nuestra suprema autoridad en todo lo referente a nuestra Fe y conducta. 2) Dios. Creemos que hay un solo Dios vivo y verdadero, eterno, perfecto en justicia, infinito poder, sabiduría y bondad, el cual es Hacedor y Sustentador de todo cuanto exista. En la unidad de la divinidad existen tres personas: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo, los cuales son iguales en sustancia, atributos divinos y gloria. 3) Cristo. Creemos que Jesucristo es Dios, con todos sus atributos y la humana en absoluta perfección, constituyendo una sola persona indivisible. Creemos en su nacimiento virginal, su vida sin pecado, sus milagros, su muerte y su resurrección, y su segunda venida en poder y gloria. 4) Espíritu Santo. Creemos que la persona divina de Espíritu Santo regenera al pecador y santifica al creyente, el cual mora como prenda y garantía de su salvación para fortalecerlo, consolarlo y conducirlo en una vida de obediencia a Dios. Creemos que el Espíritu Santo enriquece a la Iglesia con dones espirituales, le da unidad y la guía en el cumplimiento de la misión que le fue encomendada por Cristo. Primera de Corintios doce: uno-tres; Mateo ventiocho, deinueve-veinte. 5) La Expiación. Creemos que la muerte de Cristo tuvo como objeto la expiación de los pecados de los seres humanos, derribar la pared entre Dios y los hombres, y que sólo en virtud de los méritos de su muerte el hombre puede ser reconciliado con Dios y plenamente salvado. 6) La Regeneración. Creemos que todo ser humano por naturaleza es pecador, con una tendencia innata al pecado y a una conducta pecaminosa, y que, como consecuencia, está destituido de la gloria de Dios. Sólo la acción el Espíritu Santo puede transformarlo dándole una nueva naturaleza, mediante la regeneración, para lo cual la fe en Cristo produce en el individuo arrepentimiento para la salvación. Organos de administración: el Directorio compuesto de siete miembros. Atribuciones: administración y dirección superior de la Organización Religiosa, conforme estatutos y acuerdos de Asambleas Generales. Cumplir acuerdos de la Asamblea General. Invertir recursos. Aprobar proyectos y programas. Velar por cumplimiento de estatutos, reglamentos y finalidades. Aprobar fondos económicos para sostener Ministros de Culto. Citar a asambleas generales. Crear ramas, sucursales y filiales y redactar reglamentos. Rendir cuenta anual mediante memoria, balance e inventario a la asamblea general ordinaria. Calificar ausencia o imposibilidad de los Directores.- Doy fe.- Santiago, 4 de junio de 2007.




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