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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2007


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público, Suplente de la Titular, María Eugenia Rivera González, comuna Concepción, Octava Región, O’Higgins 599, certifico: En escritura pública 28 junio 2006, esta Notaría, se redujo Acta de fundación de la entidad, del 6 mayo 2006. 1. Nombre: Iglesia Evangélica de Jesucristo Salvos Por Gracia. 2. Domicilio principal: Avenida Costanera N° 822, Población Nueva Candelaria, San Pedro de la Paz, Región del Bío Bío. 3. Registro público número: 01226, julio 12 de 2006. 4. Nombres de constituyentes: Pedro Pablo Aguilera Barrera, José Hermenegildo Cancino Nahuelcoy, Germán Harmi Murillo Brito, Luis Harmi Murillo Urra, Erick Daniel Sepúlveda Leal, Sergio Avin Pedreros Venegas, Albino del Carmen Vásquez Bueno, Albertina del Carmen Llancaman Ayala, Orlando Segundo Soto Godoy, Flor María Arriagada Velásquez, María Villacura Villacura, Ana Yesenia Sepúlveda Leal, Nelsa Ester Uribe Pinto, Gabriela del Carmen Valenzuela Muñoz, José Enrique Cancino Valenzuela, Óscar Pablo Aguilera Sanzana, Enedina Erices, David Ezequiel Muñoz Merino, Petronila del Carmen Araneda Erices, Juan de Dios Guzmán Venegas. 5. Objetivo principal: proclamar el Evangelio de Jesucristo, difundiendo sus enseñanzas a través de medios legales permitidos, y realizar labores de educación religiosa y también actividades de ayuda, asistencia social y rehabilitación. 6. Fundamentos de fe: cree en Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo, en la Santa Biblia, en la justificación por la fe en Cristo Jesús, el perdón de pecados, la vida eterna, el bautismo y santa cena como sacramentos; en la Iglesia como medio organizado provisto por Dios para la predicación, la administración de los sacramentos para la salvación, del cual Cristo es la cabeza; y en la segunda venida de Cristo. 7. Órganos de administración: las Conferencias Generales son la autoridad máxima de la entidad donde se toman los principales acuerdos. El Directorio Eclesiástico elegido en las Conferencias tiene la representación legal que conduce la entidad y rendir cuenta ante las Conferencias. El tribunal eclesiástico vela por que se respeten los estatutos y acuerdos. 8. La duración de la entidad y número de miembros serán indefinidos. Concepción, 24 de agosto de 2007.




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