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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2007


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
María Viviana Figueroa Jiménez, Notario Público suplente titular Carlos Ramdohr Janssen, Temuco, Varas 854, certifica: Por escritura pública de fecha 4 diciembre 2006, ante el titular, se redujo a escritura pública Acta de Constitución y Aprobación Estatutos Persona Jurídica de Derecho Público Primera Iglesia Evangélica Bautista Esperanza Viva de Labranza 1. En Labranza comuna de Temuco, a 26 de noviembre de 2006, se efectuó la asamblea constitutiva de la persona jurídica de derecho público Primera Iglesia Evangélica Bautista Esperanza Viva de Labranza. 2. El domicilio principal de la entidad es calle 1 Oriente N° 180, Labranza, Temuco. 3. El 21 de diciembre de 2006, el Ministerio de Justicia asignó a la Primera Iglesia Evangélica Bautista Esperanza Viva de Labranza el N° 1327 del Registro Público de Iglesias, confesiones e instituciones religiosas. 4. Asistieron a la asamblea constitutiva y firmaron el acta respectiva: Juan Sánchez Labra, Wladimir Rifo Vergara, Guillermo Salazar Ulloa, Marisol Contreras Alarcón, Nubia Burgos Medina, Sandra Riquelme Baeza y Rodrigo Penchulef Leal. 5. Sus principios o artículos de fe son los siguientes: 1) Creemos en el Dios Unico, automanifestado para la salvación de los seres humanos, como Dios Padre Soberano, como Dios Hijo y como Dios Espíritu Santo. 2) Creemos que una iglesia se constituye por una comunidad de creyentes en Jesucristo, bautizados sobre la base de la fe personal en El y que tiene como misión la adoración, el servicio bondadoso, la comunión fraternal, la evangelización integral, la educación formadora en su medio y la denuncia profética, extendiendo su misión a todo el mundo. 3) Creemos que la salvación del ser humano responde a la gracia de Dios y requiere solamente de la fe en Jesucristo; es personal, comunitaria y escatológica, etc. 6. Organos de administración: a. Asamblea General. Es la primera autoridad de la Iglesia y representan al conjunto de sus miembros, cuyo número es variable. Hay asambleas generales ordinarias, extraordinarias y una asamblea general anual. Las asambleas generales ordinarias se celebrarán dos veces al año y en ellas podrá tratarse todo asunto relacionado con los intereses espirituales y materiales de la Iglesia. Las asambleas generales extraordinarias se celebrarán cada vez que el Directorio acuerde convocarles o cada vez que lo soliciten al Presidente del Directorio, un tercio, a lo menos, de los miembros activos. b. El Directorio. Al Directorio corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia. Está constituido por los miembros que determine la asamblea general, quienes durarán dos años en sus funciones. Sus atribuciones y deberes son: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan y se acaten sus principios, objetivos y estatutos; b) Administrar los bienes e invertir sus recursos; c) Citar a asambleas generales ordinarias y extraordinarias; d) Redactar los reglamentos; e) Dar cumplimiento acuerdos asambleas generales; f) Rendir cuenta tanto de la marcha de la iglesia, como de la inversión de sus fondos. 7. El acta constitución fue reducida a escritura pública ante el Notario de Temuco, don Carlos Ramdohr Janssen, el 4 de diciembre de 2006.- Temuco, 28 agosto 2007.




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