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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2007


EXTRACTO
IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTAL LA
FUENTE DE AGUA VIVA
Por instrumento público de 8 de enero de 2007, otorgado ante Notario Público de Santiago don René Benavente Cash, con oficio en Paseo Huérfanos 979, piso 7°, Santiago, se redujo a escritura pública acta de constitución y aprobación de estatutos sociales de Iglesia Evangélica Pentecostal La Fuente de Agua Viva, con domicilio principal en calle Ongolmo 1726, comuna de Concepción, Octava Región. Inscripción N° 01344, de 17 de enero de 2007, del Registro Entidades Religiosas de Derecho Público, Ministerio de Justicia. Los componentes son: Manuel O. Salas Salas, Luis A. Cañete Cañete, Exequiel P. Núñez Roa, Pablo Cea Aguilar, Luciano E. Sepúlveda Soto, José E. Figueroa Arias, María G. Alarcón Aedo, Judith G. Sepúlveda Espinosa, Gloria del Carmen Rojas Salas, Carolina I. Núñez Roa, Maritza E. Reyes Bastías, Daniel Bascuñán Quilape, María R. Salas Figueroa, Juan A. Vera Valentín, María del Carmen Villarroel Paredes, Nancy L. Alarcón Aedo, Berta E. Burgos Pilar y Sarela del Carmen Araneda Isla. Elementos esenciales: Cree en un solo Dios y tiene como fundamento la Doctrina de la Fe, Jesucristo en la Salvación que nos concede y en la vida eterna que nos promete Dios Padre, manifestado en tres personas distintas: Padre, Hijo y Espíritu Santo, y en la Sagradra Escritura de la Santa Biblia, la cual constituye su Fe, aceptando su autoridad como Palabra de Dios, que la Iglesia está formada por aquellos que han confiado en Jesucristo y son obedientes a su palabra y que existe para adorar a Dios, para comunión y fundamentar la Fe y predicar el Evangelio. Órganos de Administración: Iglesia es administrada por un Directorio compuesto de siete miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y tres Directores, cuyas facultades están en estatutos sociales. Una Comisión Revisora de Cuentas, formada por dos personas. Se establece una Asamblea General, que es ordinaria y extraordinaria, cuyas facultades están en estatutos sociales. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 22 de octubre de 2007.




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