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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2007


Entidades Religiosas de Derecho Público
ACTA DE CONSTITUCIÓN Y APROBACIÓN ESTATUTOS PERSONA JURÍDICA DE DERECHO PúBLICO IGLESIA PENTECOSTAL VENGA TU REINO
EXTRACTO
Enrique Acuña Méndez, Notario Concepción, Barros Arana 971, local 24, Suplente del Titular don Jorge Condeza Vaccaro, certifico: En la comuna de Coronel, a 6 de mayo de 2007, se efectuó la asamblea constitutiva de la persona jurídica de derecho público Iglesia Pentecostal Venga Tu Reino. El domicilio principal de la entidad es: Los Onas, Población Los Capataces, Colcura, Coronel. El 20 de julio de 2007 el Ministerio de Justicia asignó a la Iglesia Pentecostal Venga Tu Reino el N° 1460 del Registro Público de Iglesias, confesiones e instituciones religiosas. Asistieron a la asmblea constitutiva y firmaron el acta respectiva: Eduardo Navarrete Avendaño, Esteban Jiménez Oporto, Carlos Toledo Muñoz, Demetrio Núñez Urra, Claudio Utz Zurita, Sergio Cuevas Jerez, Juan Alarcón Troncoso, Víctor Sanhueza Oyarce, Juan Miranda Pérez y Juan Reyes Villarroel. Sus principios o artículos de fe son los siguientes: uno) Dios es único y eterno, creador de todas las cosas; dos) La Santa Biblia es inspirada por el Espíritu Santo y, por tanto, perfecta expresión de revelación divina; tres) Dios creó al hombre a su imagen y semejanza, santo, inocente y sólo por su desobediencia perdió la comunión con su creador; y cuatro) La salvación es por gracia, por medio de la obra reconciliadora de Jesucristo. Órganos de Administración. Las Asambleas Generales: Son la primera autoridad de la Iglesia y representan al conjunto de miembros. Hay asambleas generales ordinarias, extraordinarias y una asamblea general anual. Las asambleas generales ordinarias se celebrarán cada tres meses y en ellas podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses de la Iglesia. En la asamblea general anual, que se celebrará en julio de cada año, se presentará el balance, inventario y una reseña del ejercicio anterior; se aprobarán los presupuestos de administración y de inversión presentados por el Directorio y se procederá a las designaciones o elecciones determinadas por los estatutos. Las asambleas generales extraordinarias se celebrarán cada vez que el Directorio acuerde convocarlas o cada vez que lo soliciten al Presidente del Directorio, un tercio, a lo menos, de los miembros. El Directorio: Al Directorio corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia. El Directorio está constituido por seis miembros y sus atribuciones y deberes son: a) Dirigir la Iglesia y velar porque se cumplan y se acaten sus principios, objetivos y estatutos; b) Administrar los bienes e invertir sus recursos; c) Citar a asambleas generales ordinarias, extraordinarias y anual de miembros; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia; e) Cumplir los acuerdos de las asambleas generales; f) Rendir cuenta, en la asamblea general anual, tanto de la marcha de la Iglesia, como de la inversión de sus fondos. El acta de la entidad fue reducida a escritura pública, otorgada ante el Notario de Concepción, Enrique Acuña Méndez, Suplente del Titular, don Jorge Condeza V., el 13 de junio de 2007. Concepción, 3 diciembre 2007.




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