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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2008


Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
Claudia Marcela Gómez Lucares, Notario Público Titular, Gran Av. 7972, La Cisterna, certifico: Por escritura pública de fecha 8 de agosto de 2007, ante mí, doña Elizabeth del Carmen Rubio Barrera, domicilio Polca número doce mil setecientos cincuenta y ocho, redujo a escritura pública Acta de Constitución y Estatuto Tipo para Iglesias Evangélicas conforme ley 19.638, Iglesia Evangélica La Plomada. Número de Inscripción del Ministerio de Justicia N° 01477, de fecha 22 de agosto de 2007.- Domicilio calle Ollagüe N° 12618, La Pintana. Creación de la Iglesia y Aprobación de Estatutos: Por unanimidad de los miembros constituyentes: Antonio Lillo, Guillermo Valenzuela, Francisco Peralta, Eduardo Arroyo, Andrés Candia, Israel Lillo, Anselma Huenchumán, Alan Lillo, Blanca Bravo, Claudia Céspedes, Elizabeth Rubio, Freddy Soto, Gladis Fernández, Gastón Delgado, Gloria Urra, Iván Flores, Juana Fuenzalida, Jonathan Manríquez, María Arroyo, María Barrera, María Ruiz, Mauricio Lillo, Pedro Tripainao, Pamela Tejeda, Rose Barría, Marco Jorquera, Rosa Moreno, Violeta Oñate, Karen Lobos, Luis Arroyo.- Propósitos: La predicación de Cristo, nacimiento, bautismo, obras, enseñanzas, crucifixión, ascensión, segunda venida, reino milenario, juicio ante su gran trono blanco, y el cielo nuevo y la tierra nueva cuando El haya puesto a todos sus enemigos debajo de sus pies y reinará eternamente y nosotros estaremos con El para siempre, creemos y practicamos las ordenanzas: El Bautismo en agua. La Santa Cena. El lavado de pies; practicamos obras: Visitar las cárceles, asilos de ancianos, hospitales, y otros similares. La Iglesia no acepta la eutanasia; la vida y la muerte dependen sólo de Dios. La Iglesia es una estructura jerárquica, orgánica, es un cuerpo formado por hombres y mujeres donde el juicio humano valioso puede ser equivocado o certero; el gobierno de la Iglesia es teorético, gobierno de Dios. La Iglesia presenta los niños ante Dios, no los bautiza. Asimismo, su objetivo: Difundir el Evangelio del Señor Jesucristo, fundamentado en la Biblia, estableciendo para ello templos, instituciones bíblicas, escuelas, hogares de ancianos, centros de rehabilitación, radioemisoras, canales de televisión y establecimientos de asistencia social y de beneficencia para socorrer a los necesitados y desvalidos de la comuna. Para obtener estos fines, se sujetará a las disposiciones legales vigentes, y promover la comunión cristiana entre los miembros. Duración: Indefinida. Representación Judicial y Extrajudicial: Corresponderá al Pastor Presidente. Órganos de administración: Directorio seis miembros. Dirigir la iglesia y velar porque se cumplan sus estatutos y las finalidades; administrar los bienes sociales e invertir sus recursos con facultades para arrendar, efectuar depósitos a plazo o en valores accionarios, comprar, vender bienes muebles e inmuebles en una enumeración no taxativa y cualquier acto jurídico que signifique comprometer más de cien unidades de fomento requerirá el acuerdo de la asamblea; citar a asambleas generales: Ordinarias como extraordinarias en la forma y época que señalen estos estatutos; redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de esta iglesia y de los diversos departamentos que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dicho reglamento a la aprobación de la asamblea general; cumplir los acuerdos de la asamblea general, y rendir cuenta en la asamblea general ordinaria anual, tanto de la marcha de la iglesia como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario que se someterá a la aprobación de los miembros. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- La Cisterna, a 1 de febrero de 2008.- CMGL., Not. Púb.




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