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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2008


EXTRACTO
Alberto Paredes Rodríguez, Notario Público Antofagasta, Latorre 2441, certifico: Por reducción a escritura pública, de fecha 4 de septiembre de 2007, otorgada ante mí, don Samuel Rojas Valenzuela, y mediante escritura pública el 20 de noviembre de 2007, otorgada ante la Notario Público Marna del Tránsito Zepeda Duhalde, suplente del titular, se redujo el Acta de Constitución de la Iglesia Evangélica Izhar Pentecostés y sus estatutos, cuyo extracto es el siguiente: 1.- En Antofagasta, a diecinueve días del mes de agosto del año dos mil siete se da comienzo a la reunión convocada para constituir la Iglesia Evangélica Izhar Pentecostés, pasaje Coya Sur N° 1090, de Antofagasta. 2.- Inscrita en el Registro de Entidades Religiosas de Derecho Público bajo el N° 01503, del 24 de septiembre de 2007. 3.- Constituida por: Samuel Rojas Valenzuela, Irma Campos Casanga, Gloria Rojas Campos, Juan Núñez Ugueño, Nelson Carrizo Tabalí, Víctor Riquelme Rifo, Julián Peñailillo Videla, Víctor Romero Romero, Celia Carvajal Ubilla, María Álvarez Gallardo, Marjorie Álvarez Gallardo, Guillermo Melgarejo Callejas, Helen Aguirre Guerrero, Ingrid Leiva Villalobos, Clara Valdivia Burgos, Patricia Carrizo Collao, Maritza Callejas Ramírez, Luisa Olivares Vergara, Ibar Rondón Rojas, Flor Muñoz Carrasco, Ruan Jara Velásquez, Hernán Rojas Espinoza, Hugo Opazo Plaza, Marcia Cancino Araya, José Rail Treuquemil, Elizabeth Valenzuela Segovia, Samuel Rojas Ruz, Rut Ramírez Villegas, Jerman Castro Sierra, Mireya Bugueño Vergara, José Tapia Ardiles, Teolinda Díaz Calquin, Norma Burgos Ramos, Elizabeth Ramírez Villegas, Orita Miranda Pérez, Lilia Barraza Álvarez, Jhonathan Toledo Sepúlveda, Liliana Naranjo Miranda, Emilia Dubó Jofré, Daniel Vergara Flores, Rosa Rojas Valenzuela, Jacqueline Rojas Herrera, Viviana Morales Valdivia, Santiago Morales Muñoz, Blanca Tabilo Rojas, Deysi Pérez Moreno. 4.- La iglesia tendrá por objeto promover la fe cristiana, esencialmente por medio de la evangelización, de acuerdo a la Palabra de Dios, y por cualquier otra forma de difusión de ideas, que no sean contrarias a la ley y a la moral. Ser un organismo sin fines de lucro con una clara vocación social, orientados al desarrollo integral de las personas. Ser un cuerpo corporativo creado para convertirse en un espacio válido para la alabanza, reflexión, comunión y desarrollo espiritual de quienes lo integran. 5.- La iglesia será administrada por un cuerpo que se denominará Directorio y que estará integrado por siete miembros. Sus miembros durarán un año en sus cargos y se elegirán en la Conferencia anual que corresponda. Sus atribuciones son: Tendrá a su cargo la dirección administrativa superior de la iglesia. Administrar los bienes de la iglesia. Nombrar, suspender, trasladar y excluir a los pastores y ministros de la iglesia. Determinar la estructura interna de la iglesia. Aprobar la rendición de cuentas del Tesorero General. Pronunciarse sobre reforma a los Estatutos de la iglesia. Se le confieren las facultades de comprar, vender, adquirir, enajenar, permutar o ceder, tomar en arrendamiento, además de todas las necesarias para el fiel cumplimiento de los propósitos de la iglesia, sin fines de lucro. 6.- Los estatutos fueron reducidos a escritura pública en la notaría de don Alberto Paredes Rodríguez, Notario Público de Antofagasta. Antofagasta, 26 de febrero de 2008.




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