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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2008


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
IGLESIA COMUNIDAD CRISTIANA APOSTÓLICA TALCA
Héctor Manuel Ferrada Escobar, Notario Público Talca, con oficio en calle Uno Sur 898, certifica: Por escritura pública de 22-05-2007, ante mí, del Acta de Constitución y Estatutos de la Iglesia Comunidad Cristiana Apostólica Talca y modificada con fecha 07-07-2007, se constituyó dicha Entidad Religiosa, conforme a la ley N° 19.638 y su Reglamento y cuyo extracto es el siguiente: La Iglesia Comunidad Cristiana Apostólica Talca, con domicilio en calle 13 Oriente C 2840, se encuentra inscrita en el Registro Público con el N° 01457, de 19 de julio de 2007. El Directorio está constituido por: Presidente Eduardo Isaac Muñoz Bahamondes; Vicepresidente: Ricardo Antonio Gómez Silva; Secretaria General: Daniela Johann Durán Letelier; Tesorero: Miguel Ángel González Andrades; Pro Tesorero: Miguel Eduardo Muñoz Andrades; Primer Director: Alicia Eugenia Méndez Ramírez; Segundo Director: Cristián Adrián Jara Sepúlveda, quienes facultados por Asamblea otorgaron poder a Blas Enrique Becerra Fajardo, para reducir a Escritura Pública el Acta de Constitución y los estatutos de la Iglesia. Los elementos y fundamentos esenciales de esta entidad religiosa son: La Biblia como la palabra total inspirada por Dios; en un Dios Eterno en tres personas Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo. Que Jesucristo en el unigénito hijo de Dios Padre concebido del Espíritu Santo y nacido de la Virgen María. La justificación, la regeneración, la santificación y el nuevo nacimiento en Jesucristo. La santidad que es la norma de vida de Dios para su pueblo; El Bautismo del Espíritu Santo; El hablar en nuevas lenguas, como el Espíritu Santo le dirija; El Bautismo en agua por inmersión; La Sanidad Divina; La Santa Cena y el lavado de pies de los Santos; La segunda venida de Cristo, para resurreción de los justos y el arrebatamiento de los creyentes vivos; En la resurreción corporal de los justos para vida eterna y castigo eterno para los inicuos; En la honestidad de los ministros, pastores y en su capacitación, espiritual, moral e intelectual, humana. Los fundamentos y principios en que sustenta la fe que se profesa son: practicar, difundir y promover el contenido del Evangelio del Reino de nuestro Señor Jesucristo mediante la realización de campañas de evangelización, predicaciones en la calle, entrega de porciones bíblicas, entrega de tratados, visitaciones a los hogares, visitas a las cárceles, hospitales, clínicas, asilos de ancianos, hogares de huérfanos, reformatorios, hogares de rehabilitación de drogadictos, alcohólicos, y todo lugar en donde haya necesidad de predicar y enseñar el evangelio, y también mediante la creación y manutención de establecimientos de congregaciones y Templos, tanto en Chile como en el extranjero; Promover y desarrollar programas de orientación y asistencia socioeconómica, proporcionando ayuda a personas necesitadas como huérfanos, viudas, familias de escasos recursos, rehabilitación de personas marginadas como drogadictos, alcohólicos, convictos y ex convictos; Promover la educación, tanto cristiana como secular, creando y manteniendo para ello Centros de Formación Cristiana, Institutos Bíblicos, Policlínicos, Talleres de capacitación, y recintos deportivos; crear establecimientos educacionales, como jardines infantiles, colegios de enseñanza básica, de enseñanza media y universidades, debiendo contar en cada caso con el permiso de la autoridad competente y sujetarse a las disposiciones legales vigentes; promover valores religiosos, éticos, morales y culturales, creando para ello bibliotecas, editoriales, radioemisoras, publicaciones y todo otro medio oral, visual, televisivo, escrito que sirva para cumplir con los propósitos señalados; practicar el bien a través de los programas de utilidad pública, entregar auxilio espiritual, moral y material, mediante la creación de fundaciones y corporaciones, comedores abiertos, hogares de niños, de ancianos y de estudiantes sin recursos. Habrá asambleas generales ordinarias y extraordinarias, las que son autoridades máximas, compuesta por todos sus miembros. La ordinaria será una vez al año y la extraordinaria se celebrarán cada vez que el presidente, o bien, el directorio por mayoría absoluta de sus miembros, las convoquen, o a petición por escrito de a lo menos un tercio de los miembros en plena comunión. El Presidente del Directorio lo será también de la Iglesia, que la representará judicial y extrajudicialmente, y las demás atribuciones que los estatutos y reglamentos señalen. La duración de la Entidad será indefinida, y el número de sus miembros ilimitado. Esta Entidad Religiosa podrá disolverse por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria y adoptado por los dos tercios de los miembros de la Iglesia. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 24 de marzo de 2008.




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