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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2008


EXTRACTO
1.- En Antofagasta, con fecha 12 de agosto de 2007, se lleva a efecto sesión convocada para constituir el Ministerio Evangelístico Cristo Salva Cristo Sana Internacional, Avenida Los Leones N° 6370 Población Ampliación Prat A de Antofagasta. 2.- Inscrita en el Registro de Entidades Religiosas de Derecho Público bajo el N° 01486 del 30 de agosto de 2007. 3.- Constituida por: Milton Olivares Pereira, Raúl Casanova López, Rudy Godoy Olmos, Luis Araya Muñoz, Manuel Honores Valenzuela, Raúl Casanova Godoy, Jairo Henríquez Olivares, Dubaldys Maturana Videla, Reina Casanova Godoy, Roberto Mier Pujado, María Muñoz Santander, Óscar Guerrero Gómez, Silvia Bruna Ramos, Ingrid Díaz Merino, Dayana Aracena Ramírez, Silvia Espinoza Adaros, Ercira Santander López, Juana Araya Adaros, Leonila Pereira Guzmán, María Cortés Ramos, Enrique Cortés Adaros, Vilma Díaz Ramos, Rosa Castillo Robledo, Gloria Torrejón Venegas, Joel Casanova Godoy, Elena del Rosario Adaros. 4.- El Ministerio podrá ejercer libremente actividades propias del Ministerio; practicar el culto; celebrar reuniones de carácter religioso; establecer y mantener lugares para estos fines. Anunciar, comunicar y difundir la palabra o por escrito o por cualquier medio su propio credo y manifestar su propia doctrina. Tendrá por objeto promover las enseñanzas de nuestro Señor Jesucristo, mediante el establecimiento de templos institutos Bíblicos o seminarios y locales de predicación. Asimismo tiene por objeto promover la educación para cuyo fin creará y mantendrá planteles educacionales en todos los niveles. Además el Ministerio junto con promover la Evangelización colaborará con el Estado como una agencia en las iniciativas y proyectos sociales, sin fines de lucro. 5.- El Ministerio será administrado por un Directorio compuesto por siete miembros, durarán dos años en sus funciones. Sus atribuciones son: Tendrá a su cargo la dirección administrativa superior del Ministerio, determinar la estructura interna del Ministerio, aprobar los gastos e inversiones del Ministerio, nombrar al representante legal del Ministerio: Se le confieren las facultades de comprar, vender, adquirir, enajenar, permutar o ceder, tomar en arrendamiento, además de todas las necesarias para el fin cumplimiento de los propósitos del Ministerio, sin fines de lucro. 6.- Los estatutos fueron reducidos a escritura pública el 20 de agosto de 2007 por el Notario Público Alberto Juan José Paredes Rodríguez, Latorre 2491 de Antofagasta.




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