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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2008


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
Clovis Toro Campos, Titular de la Décimo Tercera Notaría Santiago, calle Compañía mil trescientos doce, certifica: Que por escrituras públicas de fecha 19 de octubre de 2007 y complementada fecha 10 de abril de 2008, ante mí, señores Esther Margot Aedo Arriagada, Julio Ernesto Orellana Aedo, Cristián Benítez Silva, Juan Santiago Orellana Aedo, Pablo Alberto Navarrete Collantes, Patricio Germán Court Gelchi, Nelson Enrique González Arancibia, Doris Romero Farías, Irma Flores Peuyo, Patricia Vásquez Flores, Elizabeth del Carmen Cueva Benavente, constituyeron entidad religiosa denominada Iglesia de Jesucristo La Vid Verdadera, domicilio Los Europeos con Los Oceánicos, Villa Juan Francisco número uno, Quilicura, Santiago. Objetivo: 1) Adorar a Cristo en espíritu y en verdad. 2) Instruirse debidamente en la palabra de Dios para el crecimiento en conocimientos espirituales. 3) Difundir el Evangelio, por medio del testimonio de una vida fiel y de la predicación de la palabra de Dios. 4) Difundir el Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo, pudiendo erigir templos y escuelas destinadas al estudio, enseñanza y predicación de las Sagradas Escrituras. 5) Participar con otras instituciones religiosas, pudiendo para tal efecto asociarse transitoria o permanentemente. 6) Planificar, coordinar y ejecutar las actividades comunes que le son propias. Los miembros de esta confesión serán ilimitados. Al directorio corresponde la administración y dirección superior de la entidad en conformidad a los estatutos y acuerdos de las asambleas generales. El directorio estará compuesto por 8 miembros, Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero y directores. Atribuciones y deberes del Directorio: a) Dirigir la entidad y velar porque se cumplan sus estatutos y las finalidades perseguidas por ella; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a asambleas tanto ordinarias como extraordinarias, en la forma y épocas que señalan estos estatutos; d) Crear toda clase de sucursales, filiales anexos, oficinas que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la entidad y de los diversos departamentos; e) Redactar los reglamentos necesarios para la entidad y los organismos que se creen para el cumplimiento de sus fines y someterlos a la aprobación de la Asamblea General, como asimismo todos aquellos asuntos y negocios que estime necesarios; f) Cumplir los acuerdos de las Asambleas Generales; g) Rendir cuenta en la Asamblea General Ordinaria anual, tanto de la marcha de la institución como de la inversión de sus fondos mediante una Memoria, Balance o Inventario que en esa ocasión someterá a la aprobación de los socios; h) Aceptar las renuncias que los miembros tuvieren a bien presentarla; i) Resolver todo lo no previsto en estos Estatutos. Inscrita en el Ministerio de Justicia con el N° 01535, de fecha 12 de noviembre de 2007. Santiago, 23 de julio de 2008.




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