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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2008


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
Sergio Jara Catalán, Notario Público de la 67ª Notaría de La Reina. Certifico que con fecha 10 de mayo de 2004 ante el Notario Suplente don Eduardo Rosado Silva y en este mismo oficio, fue suscrita la escritura pública que contiene los Estatutos inscritos en el Registro del Ministerio de Justicia y habiendo transcurrido los plazos necesarios para subsanar objeciones al acta de constitución y sus estatutos Certifico: a) El nombre de la entidad es Asamblea Espiritual de los Bahá’ís de La Reina y su domicilio principal está en Goethe 2329, comuna de La Reina, Región Metropolitana. b) Por Certificado N° 06953 de fecha 20 de octubre de 2005 del Ministerio de Justicia, la entidad está anotada con el N° 00859 del 13 de enero de 2005 en el Registro de Personas Jurídicas Religiosas de Derecho Público de dicho Ministerio. c) El nombre de los constituyentes de la entidad es Hilda Araya Bruna, Kioumarz, Balazadeh Mohtadi, David Alfonso Cepeda Araya, Rosa Margarita Muñoz Segura, María Bernarda Muñoz Segura, Sylvia Elizabeth Rozas Eyzaguille, Patricia Rosenda Smithson Gianotti, Bita Youssefi-Vash, Farbod Youssefi-Vash. d) Su elemento esencial lo constituye la promoción y la práctica de las enseñanzas de las Escrituras Sagradas de la Religión Bahá’í, reveladas por Bahá’u’lláh, su Fundador, de Abdu’l-Bahá su Autorizado Intérprete de ellas, de Shoghi Effendi, el Guardián y de la Casa Universal de Justicia, la Suprema Autoridad Internacional Bahá’í con sede en Haifa, Israel, que tienden a establecer la unidad del género humano, sobre la base de los siguientes principios: Unidad del Género Humano, Investigación Independiente de la Verdad, Unidad Esencial de las Religiones, Revelación Progresiva de la Verdad Religiosa, Armonía Entre Religión y Ciencia, Educación Universal, Igualdad Entre Hombres y Mujeres, Eliminación de Prejuicios de Raza, Religión, Clase y Nacionalidad. Un Idioma Auxiliar Internacional, Solución Espiritual de los Problemas Económicos, Paz Universal, Un Tribunal Internacional de Justicia. e) El órgano de administración de la Religión Bahá’í es la Asamblea Espiritual de los Bahá’ís de La Reina, su Autoridad Suprema Bahá’í en La Reina, la que está constituida por nueve miembros elegidos en la Reunión Anual por los Bahá’ís mayores de 21 años de edad residentes en La Reina. Los miembros duran en funciones un año y pueden ser reelegidos indefinidamente. Otros órganos administrativos son los comités y departamentos que la entidad estime necesarios. La Asamblea Espiritual Nacional de los Bahá’ís de Chile, inscrita con el N° 298 del 6 de agosto de 2002 en el Registro de Personerías Jurídicas Religiosas de Derecho Público del Ministerio de Justicia ha autorizado la formación de la Asamblea Espiritual de los Bahá’ís de La Reina por carta de fecha 10 de marzo de 2004. Los estatutos de la Asamblea Bahá’í de La Reina se ciñen al texto de la Sección Tercera del acta constitutiva de la Asamblea Espiritual Nacional de los Bahá’ís de Chile que señala que las asambleas locales estarán formadas por nueve miembros elegidos entre los creyentes mayores de 21 años residentes en la localidad. Además, la Asamblea Espiritual de los Bahá’ís de La Reina, puede establecer fundaciones, corporaciones, escuelas, hospitales, orfelinatos, y cualquier entidad de servicio social que estime necesarios y que no contravengan las leyes, el orden público y las buenas costumbres. Las atribuciones de estos órganos conciernen a todos los asuntos necesarios para la administración y promoción de los fines de la institución, que se detallan en la Sección Primera, Artículos I al VII y en la Sección Segunda, Artículos I al XV del acta constitutiva. La Sección Tercera del acta constitutiva señala los nueve Días Sagrados que están llamados a observar los creyentes de esta Religión. Santiago, 01-08-08.




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