GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2008


EXTRACTO
María Soledad Santos Muñoz, Titular 7ª Notaría Santiago, Huérfanos 1160 entrepiso certifica: Por escritura del 7 mayo 2008, ante mí, doña Nancy Danila Contreras Seguel; Sandra Jacqueline Tureuna Fuentes; María Victoria Contreras Seguel; Jaime Omar Robles Rivero; Roberto Hernán Novoa Contreras; Bernardita Soledad Sáez Contreras; Eduardo Cristián Muñoz Carreño; Laura Silvia Lepe Bastías; Liliana del Carmen Tureuna Fuentes; Denise Marlene Navarro Fuentes; Marina del Carmen Fuentes Toloza; María Eugenia Contreras Anavalón, quienes después de un amplio debate, aprobaron por unanimidad los estatutos y constituyen Iglesia de derecho público Ministerio Evangelístico Misionero de Liberación y Sanidad Jesús Te Ama, Registro N° 01651, del 13 mayo 2008, Dirección: Pasaje Calcuta 1135, Villa Hugo Bravo N° 2 Maipú. Fines: Difundir El Evangelio. Principios: Todo lo que enseña La Biblia, exhortación verbal de La Biblia, la Alabanza pública a Dios, la predicación del Evangelio, la vida cristiana testimoniada por sus miembros, el evangelismo personal y colectivo, el realizar todo tipo de obras inspiradas en las enseñanzas de las Sagradas Escrituras, tanto en sus proyecciones espirituales como las que atañen a la moralidad, la consolidación de la familia, la honestidad en todos los actos de la vida pública y privada y todos aquellos que contribuyan al mejoramiento integral del ser humano y redunde en su propio beneficio, en el de la familia y, el de la comunidad. Órganos: Serán administrativos. Asambleas ordinarias, extraordinarias y Directorio. Administrativos y Religiosos. La Iglesia será dirigida y administrada por un Directorio compuesto por 3 miembros; un Presidente, un Pastor Presidente, un Secretario, y un Tesorero, a los que corresponde la administración y dirección superior de la Corporación, en conformidad a los estatutos y a los acuerdos de las asambleas generales. El Directorio durará 5 años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos los miembros del Directorio en sus cargos, para los mismos puestos o para otros diversos. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 25 de septiembre de 2008.




VolverTamaño de Fuente