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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2009


EXTRACTO
Ana Marisol Ríos Lagos, Notario 9ª Notaría de Concepción, oficio Los Canelos 105, San Pedro de Ia Paz, Suplente Titular don Héctor Sepúlveda Quintana, certifico: Por escritura pública del 5 junio 2008 de reducción de acta, rectificada por otra del 29 de octubre de 2008, ambas ante el titular don Héctor Sepúlveda Quintana: Gloria Vidal Aguilera, Rosa Vidal Aguilera, Susana Solís Gajardo, Sara Ulloa Ortega, Edgar Francisco Mora Monge, Hortencia Ortega M., René Machuca Contreras, Luzmira Fonseca Becerra, Patricia Machuca Burgos, Marcos E. Barahona Torres, Julieta Vidal Aguilera, Fabiola Monsalve Sepúlveda, José Fernando Solís Gajardo, Héctor Machuca Fonseca, Sebastián Elías Pavez Vidal, Carolina Fernanda Solís Machuca, Sebastián Pavez Orellana, Nelson Monsalves, René Abraham Machuca Fonseca, Marcelo Bahamonde Lagos, todos Concepción, constituyeron persona jurídica de derecho público: Nombre y domicilio: Iglesia Evangélica, Ministerios Rey de Gloria Concepción. Domicilio: Concepción. Avenida Veintiuno de Mayo N° 2050, pasaje 1, casa 10, sin perjuicio de poder reunirse y establecerse en cualquier lugar del país. Número de registro y fecha: N° 1665 del Registro del Ministerio de Justicia, del 17 de junio de 2008. Principios esenciales: a) Cristo es la base de la iglesia, creando un movimiento cristiano que ayudará espiritual y profesionalmente a las personas sin distinción. b) El orden de Dios para su iglesia es Teocrático. c) Su autoridad máxima es Jesucristo el Señor, en él se apoya, se sustenta y se vive. d) La misión tendrá como objetivo principal predicar y promover las enseñanzas del Reino de Dios. Formar hombres y mujeres ética y espiritualmente. e) Deberá asimismo ayudar a jóvenes con problemas de drogas, alcoholismo y personas que vivan en la extrema pobreza a través de toda clase de obras de extensión cultural. f) En general, contribuir a la formación moral y espiritual de sus miembros y de toda la comunidad. g) La iglesia será estrictamente espiritual, benéfica y cultural, sin fines de lucro. h) Será absolutamente apolítica y por ende no podrá abanderarse ni comprometerse con doctrina, partido, grupo o movimiento político o filosófico o con cualquier otro ideario que no esté bajo el señorío de Jesucristo. Órganos de administración, atribuciones y número de miembros: La Asamblea General, el Directorio y la Comisión Revisora de Cuentas. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. Cada miembro de la Iglesia tendrá en las Asambleas derecho a un voto. Atribuciones de la Asamblea General Ordinaria: a) Elegir a mano alzada, por mayoría de votos, al Directorio: presidente, secretario, tesorero y directores. b) Oír y pronunciarse sobre la memoria anual que presente el Directorio dando cuenta del estado del progreso de la misión. c) Oír y pronunciarse sobre la cuenta presentada por el Tesorero. d) Informarse de las actividades efectuadas por los miembros de la Corporación en sus distintos locales. e) Dictar y sancionar los reglamentos necesarios que deban regir las diversas actividades de la Corporación y de sus miembros, siempre que sean acordes con los estatutos, modificarlos y derogarlos. f) Designar la comisión revisora de cuentas. g) Resolver todo asunto que se someta a su conocimiento y atingente a la entidad, y h) Pronunciarse sobre la reforma de los estatutos. Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria: a) Resolver todo asunto sometido a su conocimiento, cuando así lo solicita a lo menos un tercio de los miembros de la entidad. b) De la reforma de los Estatutos. c) De la disolución de la Entidad Religiosa. El Directorio está compuesto por 6 miembros y son sus atribuciones: a) Adquirir toda clase de bienes, a título gratuito u oneroso. b) Aceptar o repudiar herencias, donaciones o legados. c) Dirigir, ordenar y reglamentar la entidad y administrar sus bienes. d) Crear y abrir todas las sucursales de la Iglesia Evangélica Ministerios Rey de Gloria Concepción, en territorio nacional e internacional. e) Acordar los gastos e invertir los fondos de la entidad, debiendo rendir cuenta de sus inversiones anuales a la junta general. f) Celebrar y ejecutar todos los actos y contratos que fueren necesarios, conducentes y convenientes para la mejor realización de los fines de la Corporación. g) Vender los bienes muebles e inmuebles de la institución, tomar dineros en préstamo e hipotecar los bienes raíces. h) Aceptar el ingreso de nuevos ingresos. i) Acordar la expulsión de los miembros. j) Redactar la declaración de fe de la Iglesia Evangélica Ministerios Rey de Gloria Concepción. k) Citar a reuniones de negocios a todos los miembros de la iglesia. l) Cumplir los acuerdos de las sesiones de negocios. ll) Rendir cuenta del trabajo a la iglesia local. m) Fijar la remuneración que reciba el Pastor de la Iglesia. n) Elaborar el calendario mensual de actividades de la Corporación. Todas las otras que le otorguen estos Estatutos. La Comisión Revisora de Cuentas estará compuesta de tres miembros. Le corresponde: a) Reunirse 15 días antes de la Asamblea Anual, a fin de revisar los libros de contabilidad y el balance que le presente el tesorero y b) Informar por escrito a la Asamblea General sobre ello. San Pedro de la Paz, enero 26 de 2009.




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