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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2009


Ministerio de Justicia
Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
Humberto Quezada Moreno, abogado, Notario titular, 26ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835 piso 2, certifico que: Víctor David Grimblatt Hinzpeter; Nicolás Alberto Borzutzky Wainer; Jacques Andrés Ergas Benmayor; Raquel Miryam Levy Geldres; Patricia Thal Silberstein; Cecilia Verónica Almarza Rodríguez; Valeria Andrea Cordero Palacios; Andrés Gabriel Riquelme Cordero; Javier Edgardo Lewin Zaidenband; Karen Thal Silberstein; Luis Fuentes Krater; Octavio Hinzpeter Blumsak; Eva Dorothea Rogazinski Sommer; Guillermo José Preminger Schwartzmann y Yael Silvia Schkolnick Bendersky, constituyeron y redujeron escritura pública 23 diciembre 2008, ante mí, los Estatutos de entidad religiosa conforme Ley diecinueve mil seiscientos treinta y ocho y su Reglamento denominada: Comunidad Religiosa y Cultural Ruaj Ami, con domicilio principal: Francisco de Aguirre 4286, comuna de Vitacura, donde se encuentran Estatutos y demás documentos a disposición de toda persona. El Ministerio de Justicia aprobó e inscribió en Registro bajo número N°01796 de fecha 5 enero 2009. A.- Principios, fundamentos y objetivos: un lugar de encuentro, estudio, reflexión y espiritualidad judía apegado a las enseñanzas de la Torá y el Tanaj en un marco de modernismo, pluralismo, tolerancia y diversidad que adhiere a los conceptos de justicia social dentro del espíritu del tikkun olam; entidad religiosa no excluyente, igualitaria, lejana a cualquier forma de discriminación, abierta al diálogo con personas o entidades de otras denominaciones o posturas filosóficas, respetuosa de la diversidad, alejados de cualquier forma de extremismo. Promueve el diálogo interreligioso contribuyendo a la convivencia en paz, armonía y respeto en la sociedad chilena, apartados de opciones extremistas y fundamentalistas y con visión amplia, honesta y no integrista del judaísmo. B.- Órganos de Administración: 1.- Asamblea General de Miembros que es la autoridad máxima de entidad, y 2.- Directorio, integrado: Presidente, Vicepresidente, Secretaria, Tesorero y 4 Directores, que: administra bienes y recursos; ejecuta acuerdos de la Asamblea General; programa y diseña las políticas generales y particulares de la Comunidad para el cumplimiento de sus objetivos y finalidades; nombra al Rabino y designa a sus colaboradores para cumplimiento de cometidos litúrgicos, educativos y pastorales. C.- Órganos de Conducción espiritual y de colaboración: 1.- Rabino o Rabina, como guía espiritual de la entidad y su orientador en temas religiosos y 2.- Órganos de Colaboración: Jazan o Jazanit, asistentes litúrgicos, secretaria y quienes designe el Directorio para labores litúrgicas, educativas y pastorales. D.- Otros órganos: 1.- Tribunal de Honor para: resolver conflictos en la interpretación de los Estatutos; actuar como instancia de mediación y reconciliación cuando le corresponda resolver diferencias entre los Miembros de la Comunidad y asesorar a la Presidencia y Directorio en asuntos que lo requieran, y 2.- Comisiones de: Culto, Cultura, Juventud. Demás antecedentes en escritura extractada. Santiago, 23 diciembre 2008.




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