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MINISTERIO DE JUSTICIA ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO


DO 2009


Entidades Religiosas de Derecho Público
EXTRACTO
Enrique Tornero Figueroa, Notario Público, titular de la 49ª Notaría, Paseo Phillips N° 433, Santiago Centro, certifico: por escritura de 27 de enero de 2009, ante mí, los señores: don Domingo Hernán Briceño Silva, domiciliado en calle La Africana 2600, Recoleta, Stgo.; don Renato Aguilera Herrera, domiciliado en calle Nuestra Señora de Monserrat 9685, La Florida, Stgo.; don Leonardo Navarrete Ahumada, domiciliado en calle Jardín Alto 8602, La Florida, Stgo., y don Agustín Zamora Sanhueza, domiciliado en calle Flandes 1050, depto. 1203, Las Condes, Stgo., constituyen una entidad de derecho público, bajo el nombre Iglesia Vida Abundante, según estatutos que se extractan: Nombre: Iglesia Vida Abundante. Domicilio: Calle La Concepción N° 81, oficina 609, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, República de Chile. Registro público: Se encuentra inscrita en el registro público del Ministerio de Justicia bajo el N° 01818, de fecha 9 de febrero de 2009. Son artículos de fe: Creemos en Dios único, automanifestado para la salvación (en lo temporal y en lo eterno) de los seres humanos, como padre soberano, como hijo redentor y como espíritu santificador. Creemos que la forma de relacionarse es a través de valores bíblicos que hemos establecido como base; entendemos que no son negociables, y que representan el estándar de conducta ética al que debemos responder. Creemos que una Iglesia se constituye por una comunidad de creyentes en Jesucristo, bautizados sobre la base de la fe personal en Él y que tiene como misión la adoración, el servicio bondadoso, la comunión fraternal, la evangelización integral, la educación formadora en su medio y la denuncia profética, extendiendo su misión por el mundo. Creemos que la salvación del ser humano responde a la gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo, es personal, y se manifiesta o vivencia en forma comunitaria. Somos una Iglesia que cree que la adoración a Dios se da por la obediencia a su voluntad, y que se expresa mediante las diferentes manifestaciones del arte. Somos una Iglesia que cree en la capacidad de inspirar, capacitar y transformar las vidas de las personas en medio de su realidad, mediante la predicación y la enseñanza de la palabra de Dios de manera contextualmente bíblica, ungida, relevante, profunda, práctica y amena. Creemos en el principio voluntario respecto de la fe y de la membresía eclesial. Todo ser humano tiene el derecho inalienable de adorar a Dios dónde, cuándo y cómo su conciencia le dicte. La conciencia del cristiano está iluminada por los valores bíblicos del reino de Dios. Esta consecuencia es garantía moral a favor de toda buena costumbre social. Sustentamos el principio de la autonomía de la Iglesia respecto del Estado. Órganos de administración: a) Pastor, dirige y representa a la congregación o corporación en las actividades propias de una Iglesia, designa las autoridades que tenga la Iglesia; b) Cuerpo de consejeros, tres miembros e integrado por aquellos designados por el Pastor, cumplen la gran comisión y perfeccionan a los miembros para desarrollar la labor que Jesucristo les ha encomendado y oran buscando la dirección del señor Jesucristo para la Iglesia; c) Diáconos, designados para satisfacer necesidades físicas y materiales de la congregación, no constituyen autoridad; d) Comisión resolutiva, órgano de representación legal compuesto por el Pastor y el Cuerpo de Consejeros; e) Administrador General, administra los bienes sociales, encargado de la mantención de las dependencias de la Iglesia; f) Tesorero, encargado de la recolección, resguardo y entrega de los dineros de la Iglesia; g) Secretario, encargado de las labores administrativas y ejecutivas de la Iglesia.




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